Caso de falta de comparecencia verdadera

Mi cónyuge/pareja de hecho NO presentó una Respuesta y NO tenemos un acuerdo

Esta situación se llama “falta de comparecencia verdadera” porque han pasado más de 30 días desde que el demandante (el cónyuge/pareja de hecho que inició el caso) hizo la entrega legal de la petición y citación, y:

  • El demandado (el otro cónyuge/pareja de hecho) no presentó una respuesta (o sea, no “compareció”),

                Y
  • No hay un acuerdo por escrito.

En esta situación, el demandante TIENE QUE tomar los siguientes pasos (después de completar los pasos 1 a 4).

¡Aviso! Si su cónyuge o pareja de hecho están prestando servicio militar, se aplican reglas especiales bajo la Ley de Alivio Civil para Miembros del Cuerpo Militar (en inglés). Hable con su asistente de derecho familiar, con el centro de ayuda, o con un abogado. Haga clic para obtener ayuda para encontrar un abogado.

Llene sus formularios finales

Como pdemandante, tiene que entregar los formularios finales a la corte solicitando un fallo de divorcio o separación legal, incluyendo las otras órdenes que quiere que dicte la corte sobre la división de bienes y deudas, manutención del cónyuge o pareja de hecho y, si tiene hijos con su cónyuge o pareja de hecho, órdenes de custodia, visita y manutención de los hijos.

Nota: A continuación, le proporcionamos los formularios en inglés y también en español si están disponibles. Aunque un formulario esté en español, tenga en cuenta que la versión en español es solo una muestra para ayudarlo. Todos los formularios que se presentan en la corte tienen que estar en inglés y ser llenados en inglés.

NO puede presentar estos formularios finales hasta que hayan pasado por lo menos 30 días desde que entregó legalmente la citación y petición a su cónyuge o pareja de hecho.

  1. Llene sus formularios de la corte
    Llene estos formularios:

  2. Si está solicitando órdenes de custodia, puede llenar cualquiera de los formularios que puedan corresponder en su caso
    Llene los formularios que corresponden y adjúntelos a su Fallo (formulario FL-180):

  3. Si está solicitando manutención de los hijos, llene los formularios correspondientes
    Llene los formularios que corresponden y adjúntelos a su Fallo (formulario FL-180):
    • Adjunto: Orden e información de manutención de los hijos (formulario FL-342) (en español);
    • Declaración de ingresos y gastos (formulario FL-150) (en español) o Declaración financiera (simplificada) (formulario FL-155) (en español);
    • Formulario para inscribir un caso de manutención de los hijos (formulario FL-191) (en español);
    • Aviso de derechos y responsabilidades – Procedimientos de reembolso de costos de atención de la salud y hoja informativa sobre cómo cambiar una Orden de manutención de los hijos (formulario FL-192) (en español) (no hay nada para llenar en este formulario, pero léalo detenidamente).
    • Retención de ingresos para la manutención (formulario FL-195) (si quiere que se retenga la manutención de los hijos del sueldo de su cónyuge o pareja de hecho). Puede usar el formulario Retención de ingresos para la manutención - Instrucciones (formulario FL-196). Al rellenar el formulario FL-195 asegúrese de solo incluir los últimos 4 números del número de seguro social de la persona que tiene que pagar la manutención – la ley lo requiere para proteger su privacidad.

    La manutención de los hijos puede ser complicada. Hable con el asistente de derecho familiar o centro de ayuda de su corte para obtener ayuda con estos formularios y cualquier pregunta que pueda tener.

  4. Si está solicitando manutención del cónyuge o pareja de hecho, llene los formularios correspondientes
    Llene los formularios que corresponden y adjúntelos a su Fallo (formulario FL-180):
    • Adjunto a la Declaración sobre manutención del cónyuge o pareja de hecho (formulario FL-157) – este formulario is opcional, pero lo puede ayudar a asegurarse de proporcionar toda la información que necesitará el  juez, por ley, para tomar una decisión sobre la manutención del cónyuge o pareja de hecho.
    • Adjunto a la Orden de manutención del cónyuge, pareja de hecho o de la familia (formulario FL-343) (en español);
    • Declaración de ingresos y gastos (formulario FL-150) (en español);
    • Orden de asignación de ingresos para la manutención del cónyuge o pareja de hecho (formulario FL-435) (solo si NO está solicitando además manutención de los hijos). Si está solicitando manutención de los hijos, puede incluir la información para retener la manutención del cónyuge o pareja de hecho en el formulario FL-195. Al rellenar el formulario FL435 o FL-195 asegúrese de solo incluir los últimos 4 números del número de seguro social de la persona que tiene que pagar la manutención – la ley lo requiere para proteger su privacidad.

    La manutención del cónyuge o pareja de hecho puede ser complicada. Hable con el asistente de derecho familiar o centro de ayuda de su corte para obtener ayuda con estos formularios y cualquier pregunta que pueda tener.

  5. Si está solicitando una orden para repartir sus bienes y deudas comunitarias, llene los formularios correspondientes.
    Llene los formularios que corresponden y adjúntelos a su Fallo (formulario FL-180):
    • Adjunto al fallo: orden de propiedad (formulario FL-345) (en español);
    • Declaración de bienes (formulario FL-160) (en español);
    • Beneficios de pensión – Adjunto al fallo (formulario FL-348) (si usted o su cónyuge o pareja de hecho tienen un plan de pensiones). Y lea Adhesión de plan de jubilación – Hoja informativa (formulario FL-318-INFO) para averiguar si necesita incorporar el plan de pensiones a su caso de divorcio y cómo hacerlo. Lea la sección sobre Bienes y deudas para obtener más información sobre los planes de pensión.

    Los problemas de propiedad pueden ser complicados. Hable con un abogado para obtener ayuda con estos formularios y responder a cualquier pregunta que pueda tener. Si el asistente de derecho familiar o centro de ayuda de su corte ayuda con temas de propiedad en casos de divorcio, también puede hablar con ellos. También puede obtener más información leyendo la sección sobre Bienes y deudas.

  6. Llene los formularios locales, si los hay
    Algunas cortes le piden que llene formularios locales. Póngase en contacto con la oficina del secretario de la corte, visite el sitio web de su corte, o hable con su asistente de derecho familiar o centro de ayuda para preguntar qué formularios locales tiene que llenar para casos de falta de comparecencia.

  7. Haga revisar sus formularios
    Si proporcionan este servicio, pídale al asistente de derecho familiar o centro de ayuda que revisen sus documentos. De esa manera podrá verificar que los formularios se han llenado correctamente antes de presentar el caso.

    También puede contratar un abogado privado para que revise sus documentos o le de asesoría legal, ya sea con su caso entero o solo las partes de su caso con las que necesite algo más de ayuda (esto se llama "representación de alcance limitado"). Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.  Haga clic para leer más sobre la "representación de alcance limitado".

  8. Haga por los menos 2 copias de todos sus formularios
    No se olvide de incluir todos los adjuntos y, si alguno está impreso en ambos lados, de fotocopiar ambos lados. Una copia será para usted; otra copia será para su cónyuge o pareja de hecho. El original será para la corte.

  9. Entregue todos sus formularios al secretario de la corte, con 2 sobres grandes (con estampillas)
    Entregue sus formularios al secretario de la corte. El secretario procesará sus documentos y se los dará a un juez para que los revise.
    • Verifique que ya haya presentado la Prueba de entrega de la citación (formulario FL-115) (en español) (o preséntela ahora) Y la Declaración de la entrega de la Declaración de revelación (formulario FL-141) (en español).
    • Si todos los documentos del fallo se completan correctamente, el juez firmará el Fallo sin que ningún cónyuge o miembro de la pareja de hecho tenga que comparecer ante la corte.
    • Si hay un problema con los documentos, es posible que tenga que comparecer ante la corte. O puede ser que simplemente tenga que corregir un error en sus documentos.

  10. Reciba su fallo final
    El secretario de la corte enviará por correo el Fallo y Aviso de publicación de fallo a cada uno de los cónyuges o miembros de la pareja de hecho, con la fecha de publicación del fallo sellada en la parte superior derecha del documento.
    • Guarde una copia de estos formularios en un lugar seguro. Puede llegar a necesitarlos en el futuro.