Tutela de adultos

Una tutela de adultos es un caso legal en el que un juez nombra a una persona u organización responsable (llamado “tutor”) para que cuide a otro adulto (llamado “pupilo”) que no se puede cuidar a sí mismo o manejar sus propias finanzas.

Para obtener más información sobre la tutela de adultos, puede ver el video Con corazón: Cómo entender la tutela (With Heart: Understanding Conservatorship) disponible solo en inglés. Este video proporciona información general sobre la tutela y las responsabilidades del tutor. Algunos de los formularios judiciales que aparecen en el video no están actualizados, pero la información provista es relevante y correcta.

Si quiere entender en más detalle cuáles son los deberes y responsabilidades de los tutores, puede obtener más información en el Manual de tutores del Consejo Judicial. La ley dice que todos los tutores tienen que tener una copia de este manual.


Hay  varios tipos de tutelas de adultos, dependiendo de las necesidades del pupilo:


1.  Tutelas testamentarias
Estas tutelas se basan en las leyes del Código Testamentario de California. Son el tipo más común de tutela de adultos. Las tutelas testamentarias pueden ser:

  • Tutelas generales — tutelas para adultos que no se pueden cuidar a sí mismos o manejar sus finanzas. Estos pupilos son frecuentemente personas mayores, pero también pueden ser personas más jóvenes que han sufrido algún impedimento grave, por ejemplo debido a un accidente de carro.
  • Tutelas limitadas — tutelas para adultos con discapacidades del desarrollo que no se pueden cuidar completamente a sí mismos o manejar sus finanzas. Los pupilos de las tutelas limitadas no necesitan el mismo nivel de cuidado o ayuda que los pupilos de las tutelas generales.

Cuando hay que establecer una tutela de inmediato, la corte puede nombrar a un tutor temporal hasta que se pueda nombrar al tutor general. Esta solicitud se tiene que presentar como parte de un caso de tutela general, ya sea al mismo tiempo o poco después de haber iniciado el caso de tutela general ante la corte. Los deberes principales de un tutor temporal son brindar cuidado, protección y respaldo temporal al pupilo y proteger sus finanzas y bienes.

2. Tutelas Lanterman-Petris-Short (LPS)
Las tutelas LPS se usan para cuidar de adultos que tienen enfermedades mentales graves y necesitan cuidado especial. Estas tutelas se usan para personas que en general tienen que vivir en condiciones muy restrictivas (como por ejemplo encerrados en establecimientos psiquiátricos) y necesitan tratamientos intensivos de salud mental (como medicamentos muy poderosos para controlar la conducta). Los pupilos de las tutelas LPS no pueden aceptar estas condiciones o tratamientos especiales por propia voluntad. Las tutelas LPS deben ser iniciadas por una agencia del gobierno local. Si cree que el adulto necesita este tipo de ayuda, póngase en contacto con el Tutor Público (“Public Guardian”, en inglés) o el Tutor Público de Adultos de su condado. La información proporcionada en este Centro de Ayuda en Línea no es aplicable a las tutelas LPS.

La corte testamentaria puede nombrar a un tutor de la persona, un tutor del patrimonio o ambos, dependiendo de las necesidades del pupilo.

  • Un tutor de la persona cuida y protege a la persona cuando el juez decide que ella no lo puede hacer por sí misma. El tutor es responsable por asegurar que el pupilo cuente con comida, ropa, albergue y atención de la salud adecuadas. Dependiendo de la capacidad del pupilo para comprender y tomar decisiones, es posible que el tutor tenga que tomar importantes decisiones médicas en su nombre.
  • Un tutor del patrimonio maneja los asuntos financieros del pupilo – como el pago de sus cuentas y la cobranza de sus ingresos – cuando el juez decide que éste no puede hacerlo por sí mismo.

El hecho de que alguien haya sido nombrado tutor de una persona NO lo convierte automáticamente en tutor del patrimonio. Si alguien quiere ser el tutor tanto de la persona como del patrimonio, tiene que pedir ambos nombramientos. Si alguien es tutor de la persona y más adelante decide que necesita ser nombrado tutor del patrimonio, puede presentar una nueva petición de tutela y, en ese momento, solicitar que se lo nombre tutor del patrimonio.

Las responsabilidades de un tutor de la persona son las siguientes:

  • Coordinar el cuidado y protección del pupilo.
  • Decidir dónde vivirá el pupilo.
  • Coordinar las siguientes actividades del pupilo:
    • Comidas,
    • Atención de la salud,
    • Ropa,
    • Cuidado personal,
    • Limpieza del hogar,
    • Transporte,
    • Albergue,
    • Recreación  y
    • Bienestar.
  • Obtener aprobación de la corte antes de tomar ciertas decisiones sobre la atención de la salud o las condiciones de vida del pupilo.
  • Informar a la corte sobre el estado actual del pupilo.


Las responsabilidades de un tutor del patrimonio son las siguientes:

  • Administrar las finanzas del pupilo.
  • Ubicar y tomar control de todos sus activos.
  • Cobrar los ingresos del pupilo.
  • Hacer un presupuesto para mostrar cuánto puede gastar el pupilo.
  • Pagar las cuentas del pupilo.
  • Invertir el dinero del pupilo en forma responsable.
  • Proteger los activos del pupilo.
  • Rendir cuentas a la corte y al pupilo sobre la administración de los activos a su cargo.

Para obtener más información sobre las tutelas de adultos, lea el Manual de tutores.

Varias personas pueden solicitar la tutela de un adulto:

  • El cónyuge o pareja de hecho del pupilo propuesto;
  • Un pariente del pupilo propuesto;
  • Cualquier entidad o agencia estatal o local; 
  • Cualquier otra parte interesada o amigo del pupilo propuesto; y
  • El pupilo propuesto propiamente dicho.

Para nombrar a un tutor, la corte debe tener en cuenta el mejor interés del pupilo. Si el pupilo propuesto ha nominado a alguien (y el pupilo propuesto tiene la capacidad mental y física para expresar su preferencia), la corte nombrará a dicha persona como tutor a menos que ello NO sea en el mejor interés del pupilo.

Si el pupilo propuesto no ha nominado a nadie, o no está en condiciones de hacerlo, la ley establece un orden preferencial que la corte generalmente sigue para establecer si todas estas personas están calificadas para ser tutores. El orden de preferencia es el siguiente:

  1. Cónyuge o pareja de hecho
  2. Hijo adulto
  3. Padre o madre  
  4. Hermano/a  
  5. Cualquier otra persona autorizada por ley
  6. El Tutor Público (“Public Guardian”, en inglés) 

Si la persona que está al principio de la lista no quiere ser tutor, puede nominar a otra persona.

En última instancia, independientemente de este orden preferencial, la selección del pupilo es responsabilidad del juez, y éste tomará su decisión teniendo en cuenta el mejor interés del pupilo propuesto.

Si conoce a alguien que necesita ayuda y probablemente necesite un tutor, pero no hay un familiar o amigo adecuado para cumplir esas funciones, investigue la posibilidad de contratar a un fiduciario profesional privado para que cumpla las funciones de tutor. Los fiduciarios profesionales cobran honorarios, pero la corte tiene que aprobar por adelantado todos los honorarios que deba pagar el pupilo. Si el pupilo propuesto no puede pagar estos honorarios, póngase en contacto con el Public Guardian (Tutor Público) de adultos de su condado, haciendo una búsqued en internet de "Public Guardian" y el nombre de su condado. Es posible que también tenga que pagar honorarios, pero en general serán menores que los cobrados por un fiduciario profesional. La Oficina del Tutor Público cuenta con tutores personales y administradores de patrimonio que pueden cumplir funciones de tutor. Si no es elegible para usar los servicios del Tutor Público, póngase en contacto con el Department of Aging (Departamento para la Vejez).

También puede llamar a la:

Tiene que estar seguro de que la única manera de satisfacer las necesidades de una persona es por medio de una tutela. Si hay otra manera, una alternativa a la tutela de un adulto, es posible que la corte no apruebe su petición.

Es posible que no necesite una tutela si la persona que necesita ayuda:

  1. Puede cooperar con un plan para satisfacer sus necesidades básicas.
  2. Tiene la capacidad y voluntad de firmar un poder legal nombrando a otra persona para que lo ayude con sus finanzas o sus decisiones sobre atención de la salud.
  3. Sólo recibe ingresos del Seguro Social o de bienestar social (welfare) todos los meses y la Administración del Seguro Social lo puede nombrar como Representante del beneficiario. El Representante del beneficiario es la persona nombrada por el beneficiario para recibir cheques del Seguro Social en su nombre.
  4. Está casado o tiene una pareja de hecho, y su cónyuge o compañero/a puede manejar sus transacciones financieras. Los bienes tienen que ser bienes en común o en cuentas conjuntas.

Algunas alternativas a la tutela de adultos 

Para decisiones de atención médica y personal:

  • Directiva anticipada para atención de la salud
  • Autorización de la corte para tratamiento médico
  • Arreglos informales para atención personal
  • Órdenes de restricción para proteger contra acoso

Para decisiones financieras:

  • Poder legal
  • Un representante sustituto para cobrar beneficios públicos (como beneficios de veteranos o beneficios del Seguro Social)
  • Arreglos informales
  • Titularidad conjunta de cuentas bancarias u otros bienes
  • Fideicomisos en vida (también llamados fideicomisos “inter vivos”

Establer la tutela de un adulto es un proceso largo y complejo. Antes de pedirle a la corte que nombre a un tutor, la persona que solicita la tutela tiene que estar segura de que es lo que más conviene al pupilo propuesto.

  • Cómo iniciar la tutela. El proceso puede ser iniciado por: el tutor propuesto; el pupilo propuesto; el cónyuge, pareja de hecho, un familiar o amigo del pupilo propuesto; otra persona interesada; o una agencia estatal o local interesada, un empleado de dicha agencia o un funcionario público. El proceso se inicia una vez que se hayan presentado todos los documentos correspondientes ante la corte.
  • Cómo completar la petición. La petición tiene que incluir información sobre el tutor y el pupilo propuesto, sus parientes y el peticionario (la persona que inicia el caso ante la corte), indicando las razones que hacen necesaria la tutela. También tiene que explicar por qué en este caso no hay ninguna otra alternativa disponible que no sea la tutela. Haga clic en Información que necesita para un caso de tutela de un adulto-- le proporcionará una lista de documentos e información que tiene que reunir antes de llenar la petición y demás formularios.
  • Cómo presentar la petición. El peticionario tiene que presentar la petición ante el secretario de la corte. Para eso tendrá que pagar una cuota de presentación más los honorarios del investigador de la corte. El secretario programará una audiencia ante la corte. Si el peticionario tiene bajos ingresos, puede solicitar una exención de cuotas a la corte . Haga clic para obtener más información sobre la exención de cuotas.

  • Cómo informar al pupilo propuesto. El peticionario tiene que pedirle a alguna otra persona que entregue una citación y una copia de la petición al pupilo propuesto.

  • Cómo informar a los familiares del pupilo propuesto. El peticionario tiene que pedirle a alguna otra persona que envíe por correo un aviso escrito sobre la audiencia de la corte para considerar la petición de tutela, junto con una copia de la petición, al cónyuge o pareja de hecho del pupilo propuesto y sus familiares cercanos.

  • Investigación de un investigador de la corte. Un investigador de la corte hablará con el pupilo propuesto y con otras personas que puedan estar familiarizadas con el estado del pupilo. La corte le cobrará el costo de esta investigación al patrimonio del pupilo, a menos que decida que ello crearía un problema económico para el pupilo.

  • Audiencia. El pupilo propuesto tiene que asistir a la audiencia a menos que su ausencia sea justificada por enfermedad. Durante la audiencia, el juez confirmará que todos hayan sido notificados correctamente y decidirá si hay que nombrar a un abogado para que represente al pupilo propuesto. Una vez que el juez esté listo para tomar una decisión, podrá aprobar o rechazar la petición de tutela. Si el juez aprueba la petición, emitirá una orden nombrando al tutor y las Cartas de tutela. Si existe un patrimonio, se tiene que presentar una fianza garantizada, a menos que la corte ordene que se congelen las cuentas bancarias del pupilo.

Si el juez aprueba la tutela
El tutor tendrá que comprar una copia del Manual para tutores de la corte o descargarlo con el enlace provisto.

Luego podrá asumir los poderes autorizados por ley. Además, el tutor de la persona, el tutor del patrimonio y el tutor limitado del patrimonio tienen que asistir a cursos de capacitación para tutores ofrecidos por la corte. Cada tutor tendrá el deber permanente de presentar informes periódicos ante la corte y de reunirse con el investigador de la corte.

El investigador de la corte le proporciona al juez información neutral sobre el caso.

El investigador llamará al tutor propuesto y organizará una reunión con él y el pupilo propuesto. A veces se reunirá con ambos más de una vez. El investigador también tiene que entrevistar a los familiares del pupilo propuesto.

La corte quiere que el investigador:

  1. Entreviste privadamente al pupilo propuesto.
  2. Le explique cómo va a cambiar su vida cuando esté bajo tutela.
  3. Le explique lo que va a pasar en la audiencia.
  4. Le explique al pupilo su derecho a objetar o a oponerse a la tutela, a tener a un abogado, a tener a otro tutor y a tener un juicio por jurado, si quiere que un jurado decida si necesita a un tutor.
  5. Si el pupilo propuesto no tiene la capacidad de comprender lo que le dice el investigador, o de dar una opinión, el investigador decidirá si hay que nombrar a un abogado para representarlo.
  6. Lea la Información confidencial suplementaria (formulario GC-312) presentado por el peticionario y solicitará más información si fuera necesario.
  7. Averigüe si el pupilo propuesto está capacitado y dispuesto a venir a la audiencia. El investigador tiene el derecho a examinar los registros médicos confidenciales del pupilo.
  8. Averigüe si el pupilo propuesto está en condiciones de llenar una declaración jurada de inscripción de votantes.
  9. Hable con los familiares sobre la tutela propuesta y por qué es (o no) necesaria.
  10. Escriba un informe confidencial para la corte y envíe una copia al tutor, al abogado del tutor, al pupilo propuesto y a su abogado, al cónyuge o pareja de hecho del pupilo y a los padres e hijos del pupilo. 
  11. Haga recomendaciones al juez sobre el caso.

Una vez que se nombre al tutor, el investigador de la corte seguirá involucrado en el caso. Seis meses después del nombramiento, el investigador examinará el caso para verificar que el tutor esté cumpliendo sus deberes y que se estén respetando los derechos del pupilo. El investigador volverá a examinar el caso en 6 meses más y al finalizar cada periodo de 12 meses a partir de allí. 

Si el investigador cree que el tutor está actuando en el mejor interés del pupilo y la corte está de acuerdo, la corte podrá reducir el alcance de los informes que el investigador tendrá que escribir y presentar más adelante, pero el investigador tiene que realizar una visita personal y entrevistar al pupilo por lo menos una vez por año, y preparar y presentar al menos un breve informe de estado. La corte podrá también ordenar exámenes adicionales si fuera necesario o útil para proteger al pupilo.

Si después de uno de estos exámenes el investigador cree que puede haber un problema, le pedirá al juez que nombre a un abogado para que represente al pupilo. Esto puede ser el comienzo de un proceso legal para sancionar o relevar al tutor y ya sea nombrar a otra persona para sucederlo o dar por terminada la tutela.

El investigador también visitará al pupilo y escribirá un informe si: 

  1. Se presenta una petición para nombrar a un tutor temporal.
  2. El tutor temporal quiere mudar al pupilo propuesto fuera de su residencia.
  3. El tutor solicita autoridad exclusiva para tomar decisiones médicas en nombre del pupilo, sobre todo si está solicitando poderes especiales para ocuparse de las necesidades de un pupilo demente.
  4. El tutor quiere vender la casa del pupilo (o su casa anterior).
  5. Se presenta una petición para nombrar al sucesor de un tutor y el pupilo no puede o se niega a asistir a la audiencia para tratar la petición.

El investigador de la corte le explicará estas situaciones al pupilo. Después hará recomendaciones a la corte en un informe escrito que también será enviado por correo al tutor, al abogado del pupilo, a su cónyuge o pareja de hecho y a otros parientes cercanos.

Un juez puede nombrar a un tutor temporal para atender las necesidades inmediatas del pupilo hasta que se pueda nombrar a un tutor general. La corte también puede nombrar a un tutor temporal para que cumpla funciones entre dos tutelas permanentes, por ejemplo si relevó a un tutor pero todavía no se nombró a otro nuevo.

Las tutelas temporales tienen una fecha de terminación fija. En general el tutor temporal es nombrado por un periodo de tiempo fijo, normalmente entre 30 y 60 días. Estas tutelas pueden ser de la persona, del patrimonio o ambas. El deber principal del tutor temporal es asegurar el cuidado, protección y respaldo temporal del pupilo. Y el tutor del patrimonio temporal debe proteger las finanzas y los bienes del pupilo de cualquier pérdida o daño hasta que un tutor general se pueda hacer cargo de administrar el patrimonio.

Un tutor temporal no podrá hacer lo siguiente sin la aprobación previa del juez:

  •  Mudar al pupilo de su casa (a menos que sea una emergencia) 
  • Vender la casa del pupilo o, si el pupilo es inquilino, dar por terminado el contrato de alquiler; 
  • Vender o donar un activo del patrimonio.

Para solicitar el nombramiento de un tutor temporal, la petición se tiene que realizar como parte del caso de tutela general de la corte.

Una tutela de adultos en general es una situación permanente. Pero en ciertos casos se puede dar por terminada o se puede cambiar al tutor.

  • El pupilo puede volver a manejar sus propios asuntos
    A veces una persona puede necesitar de un tutor mientras se está recuperando de un problema físico o mental que lo ha discapacitado temporalmente. Por ejemplo, el pupilo puede haber sufrido un accidente grave de carro, y puede quedar incapacitado para manejar sus asuntos personales o sus finanzas. Después de la rehabilitación, es posible que el pupilo se recupere y pueda manejar nuevamente sus propios asuntos.

    En estos casos, el pupilo, el tutor, uno de los parientes o amigos del pupilo, o alguna persona interesada, puede pedirle a la corte que dé por terminada la tutela. La corte puede pedirle al investigador de la corte que evalúe el estado del pupilo para ver si se puede dar por terminada la tutela. Si el juez da por terminada la tutela, el tutor será liberado de sus deberes.
  • El pupilo ya no tiene más activos
    La tutela termina cuando fallece el pupilo. Pero la corte no liberará al tutor de sus deberes y no dará por terminada la tutela hasta que el tutor haya tomado ciertas medidas para terminar el caso.
  • El pupilo fallece
    La tutela termina cuando fallece el pupilo. Pero la corte no liberará al tutor de sus deberes y no dará por terminada la tutela hasta que el tutor haya tomado ciertas medidas para terminar el caso.
  • La corte releva al tutor
    La corte puede relevar a un tutor que no está cumpliendo con su tarea, o que no es capaz de hacerla, y nombrar a otro tutor para reemplazarlo. El pupilo o cualquiera de sus parientes o amigos pueden pedirle a la corte que releve y reemplace al tutor. Si la solicitud es hecha por el pupilo y no tiene a su propio abogado, el juez en general nombrará a uno para que presente la petición en nombre del pupilo.
  • El tutor fallece
    Si el tutor fallece, un pariente, amigo o albacea del tutor (el representante personal de su sucesión) debería informar a la corte. Si hay una tutela del patrimonio, es posible que el albacea o abogado del tutor tenga que presentar una contabilidad final del estado financiero del pupilo, o quizás haya que nombrar a otro tutor para que lo haga.
  • El tutor renuncia
    Si el tutor se enferma o no puede seguir cumpliendo sus funciones por alguna otra razón, el tutor puede presentar una petición solicitando a la corte que acepte su renuncia. Hasta que la corte acepte su renuncia (suponiendo que la acepte), el tutor seguirá siendo responsable por cumplir sus funciones.

Si la corte acepta la renuncia, es posible que el juez le pida ayuda para encontrar a otro tutor. Si no se puede encontrar a otro tutor, se puede llegar a nombrar al Tutor Público o a un fiduciario profesional.

Cuando un tutor es relevado o renuncia, o la tutela termina, el tutor será liberado de sus deberes, pero sólo después de que haya terminado con todos los trámites y proporcione a la corte la información o documentos necesarios para transferir el caso a una tutela nueva o dar por terminada la tutela. Para tutelas del patrimonio, el tutor tendrá que presentar la contabilidad final.
 

En California, las personas con discapacidades del desarrollo tienen el derecho a recibir los servicios necesarios para vivir vidas independientes, productivas y normales. El estado tiene que proporcionar los servicios necesarios para una persona con discapacidad del desarrollo en cada etapa de su vida, sin importar su edad ni su grado de discapacidad. Estos servicios estatales son proporcionados por medio de centros regionales, que son corporaciones sin fines de lucro que han firmado contratos con el Departamento de Servicios del Desarrollo de California para prestar servicios a personas con discapacidades del desarrollo.

Estos servicios provistos por medio de los centros regionales están a disposición de todas las personas con discapacidades del desarrollo, ya sea que se encuentren bajo tutela general, tutela limitada o no estén bajo tutela.

Haga clic para obtener un directorio de centros regionales en California (en inglés).

Haga clic para obtener más información sobre los centros regionales y el Department of Development Services (Departamento de Servicios del Desarrollo) de California.

Una tutela limitada es un caso legal en el que un juez otorga a una persona responsable (llamada “tutor limitado”) ciertos derechos para cuidar a otro adulto que tiene una discapacidad del desarrollo (llamado “pupilo limitado”).

Las tutelas limitadas son para adultos que tienen discapacidades del desarrollo. Una discapacidad del desarrollo es una discapacidad grave o crónica debida a un impedimento mental o físico que comenzó antes de los 18 años de edad. Las tutelas limitadas se establecen para ayudar a adultos con discapacidades del desarrollo que no pueden satisfacer sus propias necesidades personales o financieras.

De la misma manera que las tutelas generales, hay dos tipos de tutelas limitadas:

  1. Una tutela limitada de la persona es un arreglo legal en el que un tutor cuida y protege a un adulto con discapacidades del desarrollo y suple las necesidades cotidianas del pupilo.
  2. Una tutela limitada del patrimonio es un arreglo legal en el que un tutor maneja los asuntos financieros del pupilo, como el pago de cuentas y la cobranza de sus ingresos, si el pupilo tiene un patrimonio.

No necesitará una tutela del patrimonio si:

  • El adulto con discapacidades de desarrollo que está cuidando recibe ayuda pública, como Ingresos del Seguro Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés) o del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés), pero no tiene ningunos otros activos, o 
  • El adulto con discapacidades del desarrollo gana un sueldo.

Pero sí necesitará una tutela si el adulto con discapacidades del desarrollo tiene otros activos, como una herencia o una liquidación de fallo judicial que no está protegida por un fideicomiso de necesidades especiales.

Si un menor de edad con discapacidades del desarrollo cumplirá pronto 18 años de edad, sería conveniente comenzar el proceso de solicitud de una tutela limitada unos meses antes de que cumpla 18 años de edad. Pero tenga en cuenta que se puede establecer una tutela limitada en cualquier momento después de que la persona con discapacidades del desarrollo haya cumplido 18 años de edad.

El tutor limitado será supervisado por el Departamento Testamentario de la Corte Superior. Un miembro de la oficina del investigador de la corte examinará el caso 1 año después de que se inició la tutela, y cada 2 años de ahí en más. El investigador llamará al tutor para actualizar el expediente de la corte. El investigador también visitará al pupilo.

Responsabilidades de un tutor limitado
Cuando se nombra a un tutor limitado de una persona que tiene discapacidades del desarrollo, la corte le puede asignar una responsabilidad limitada para cuidar a dicha persona y su patrimonio.

Las Cartas de tutela del tutor limitado y la orden de nombramiento de la corte enumerará exactamente en qué áreas (poderes) está autorizado a actuar el tutor limitado. El pupilo limitado conservará todos sus demás derechos legales y civiles.

Como las personas con una discapacidad del desarrollo en general pueden hacer muchas cosas por cuenta propia, el juez le dará al tutor solamente poderes limitados para aquellas cosas que el pupilo no puede hacer por sí mismo. El tutor le puede pedir a la corte poderes para :

  • Decidir dónde va a vivir el pupilo limitado (siempre que NO sea encerrado en un establecimiento de salud mental).
  • Examinar los registros y documentos confidenciales del adulto con discapacidades del desarrollo. 
  • Firmar un contrato en nombre del pupilo limitado. 
  • Dar o no dar consentimiento para la mayoría de los tratamientos médicos (pero NO para esterilización y ciertos otros procedimientos) del pupilo limitado. 
  • Tomar decisiones sobre la educación y capacitación vocacional del pupilo limitado. 
  • Dar o no dar consentimiento para el matrimonio o constitución de pareja de hecho del pupilo limitado.
  • Controlar las relaciones sociales y contactos sexuales del pupilo limitado.
  • Manejar los asuntos financieros del pupilo limitado (para un tutor limitado del patrimonio).

Deber de ayudar a desarrollar la autonomía del pupilo limitado
En general, la responsabilidad del tutor limitado es ayudar al pupilo limitado a desarrollar un nivel máximo de autonomía e independencia. Un tutor limitado tiene que conseguir tratamiento, servicios y oportunidades para ayudar al pupilo limitado a ser lo más independiente posible. Estos servicios pueden ser:

  • Capacitación o educación, 
  • Servicios médicos y psicológicos, 
  • Oportunidades sociales, 
  • Oportunidades vocacionales y
  • Otra ayuda apropiada.

Para obtener más información sobre las tutelas de adultos limitadas, lea el Manual para tutores

Una tutela de salud mental (LPS) sirve para que un adulto (llamado el “tutor”) se haga responsable por otro adulto que está mentalmente enfermo (llamado el “pupilo”). Las tutelas LPS TIENEN que ser iniciadas por una agencia del gobierno local, en general el Tutor Público (“Public Guardian”, en inglés) o el Tutor Público de Adultos del condado.

Las tutelas LPS sólo duran 1 año. Si llegan a ser necesarias por más tiempo, tienen que volver a establecerse y el tutor tiene que volver a ser nombrado por la corte. La agencia del gobierno puede recomendar que se nombre a un familiar del pupilo como tutor LPS, pero esto ocurre en general sólo después del primer año.

Estas tutelas son sólo para adultos que tienen discapacidades graves como consecuencia de enfermedades mentales descritas en el Manual de diagnóstico y estadísticas de trastornos mentales (DSM). Las enfermedades mentales más comunes son trastornos cerebrales biológicos graves, como:

  • Esquizofrenia,
  • Trastorno bipolar (maníaco depresivo),
  • Trastorno esquizoafectivo,
  • Depresión clínica y
  • Trastorno obsesivo compulsivo.

No se establecen tutelas LPS para personas con trastornos cerebrales orgánicos, traumas cerebrales, discapacidades del desarrollo, alcoholismo o drogadicción, o demencia, a menos que también tengan uno de los trastornos cerebrales graves enumerados en el DSM.

Responsabilidades de un tutor LPS 
Una tutela LPS le da autoridad legal al tutor para tomar ciertas decisiones en nombre de un pupilo que no puede cuidarse a sí mismo. La corte puede, si se le pide, dar al tutor LPS el deber de cuidar y proteger al pupilo (tutor de la persona) y también el poder para manejar sus asuntos financieros (tutor del patrimonio).

El tutor puede dar consentimiento al tratamiento de salud mental aunque el pupilo no esté de acuerdo. El tutor puede dar permiso para administrar medicamentos psicotrópicos (que alteran la mente). No obstante, el pupilo puede negarse a tomarlos si decide que tiene la suficiente agilidad mental para tomar esta decisión a sabiendas y con suficiente comprensión de sus consecuencias.

El tutor puede dar autorización para que se encierre a la persona en un establecimiento de salud mental, si el psiquiatra dice que es necesario y el hospital está de acuerdo en aceptarla, aunque el pupilo no esté de acuerdo. El tutor también puede decidir dónde va a vivir la persona mentalmente enferma si no está encerrada en un establecimiento psiquiátrico.

Un tutor LPS también puede tomar decisiones financieras en nombre del pupilo, como pagar sus cuentas, controlar sus activos y cobrar sus ingresos.

Antes de tomar una decisión en nombre del pupilo, un tutor LPS debe contar con suficiente información médica y social. Y el tutor sólo puede tomar medidas que sean en el mejor interés del pupilo.

Pregunte al bibliotecario legal (en inglés) Pregunte al bibliotecario legal (en inglés)

Ubicaciones de los Centros de ayuda y Asistentes de derecho familiar de California

Map of SHC and FLF Locations

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