Cómo responder a una solicitud de orden de restricción de violencia armada
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También puede llamar a una organización de ayuda legal o sin fines de lucro de su zona.
¿Qué es una orden de restricción de violencia armada?
Una orden de restricción de violencia armada es una orden de la corte que prohíbe que alguien tenga un arma de fuego o municiones.
Puede ordenar que usted:
- No tenga un arma de fuego o municiones;
- No compre un arma de fuego o municiones;
- Entregue todas las armas de fuego y municiones que tenga a la policía o las venda o almacene con un comerciante de armas autorizado.
Si hay una orden de restricción temporal en su contra
1. Lea la orden cuidadosamente. Si no obedece la orden, podrían mandarlo a la cárcel o multarlo.
Las órdenes dictadas en su contra se encuentran en un formulario llamado Orden de restricción temporal de violencia armada (formulario GV-110). Las órdenes del formulario GV-110 duran hasta su audiencia en la corte. Es importante que cumpla todas las órdenes, incluyendo:
- no ser dueño de, poseer, comprar o tratar de comprar una pistola o arma de fuego mientras la orden esté vigente;
- entregar inmediatamente todas sus armas de fuego, municiones y cargadores a un agente del orden. Para obtener más información, lea ¿Cómo entrego, vendo o almaceno mis armas de fuego, municiones y cargadores? (formulario GV-800-INFO).
2. Decida si está o no de acuerdo con la orden
Primero, lea lo que se está solicitando. La solicitud está en uno de estos formularios: formulario EPO-002 o GV-100.
- Si está acuerdo con una orden de restricción de violencia armada en su contra, puede renunciar voluntariamente a su derecho a poseer armas de fuego llenando un Consentimiento a órdenes de restricción de violencia armada y entrega de armas de fuego (formulario GV-125). Si quiere usar el formulario GV-125 para renunciar a sus derechos, tiene que llenarlo, presentarlo ante la corte, y hacer la entrega legal a la otra parte (la persona que pide una orden de restricción). Vaya al paso 2 para saber cómo presentar y hacer la entrega legal del formulario.
También puede ir a la audiencia en la corte y decirle al juez que está de acuerdo con las órdenes. Para averiguar cuándo y dónde se realizará la audiencia en la corte, fíjese en el Aviso de audiencia de la corte (formulario GV-109).
- Si no está de acuerdo y no quiere una orden de restricción en su contra, tiene que ir a la audiencia y decirle al juez por qué está en desacuerdo. Si no va a la audiencia, el juez puede dictar una orden de restricción sin escuchar su versión de los hechos. La orden de restricción puede durar hasta 5 años. Para averiguar cuándo y dónde se realizará la audiencia en la corte, fíjese en el Aviso de audiencia de la corte (formulario GV-109). Antes de su audiencia en la corte, puede presentar una declaración escrita para explicarle al juez por qué no está de acuerdo con la orden de restricción. Esto se llama “responder” a la orden de restricción. Esto es opcional y no hay consecuencias por no presentar una respuesta.
Importante: Si lo arrestaron recientemente, lo acusaron de cometer un delito o tiene una condena condicional, es muy importante que hable con un abogado antes de llenar cualquier formulario. Todo lo que diga o escriba en este caso se podrá usar en su contra en su caso penal.
Vea las instrucciones paso a paso a continuación si quiere responder a la orden de restricción.
¿Necesito un abogado?
Para este tipo de caso no necesita un abogado, pero quizás le convenga contratar a uno, si tiene los recursos para hacerlo. Una orden de restricción en su contra puede tener consecuencias muy serias. Haga clic para encontrar un abogado.
El centro de ayuda de su corte puede proporcionarle ayuda legal gratis.
Cómo responder a la orden de restricción
Si quiere presentar una declaración escrita antes de su audiencia en la corte, siga estos pasos:
Paso 1. Llene los documentos de la corte
Paso 2. Presente y haga la entrega legal de sus documentos de la corte
Paso 3. Prepárese para su audiencia en la corte (si no ha aceptado la orden llenando el formulario GV-125)
Paso 4. Después de la audiencia en la corte
Paso 1. Llene los documentos de la corte
1. Llene una Respuesta a la petición de orden de restricción de violencia armada (formulario GV-120). Si necesita más espacio para escribir su respuesta, use la Declaración Adjunta (formulario MC-031). Si tiene testigos, pídales que escriban declaraciones en un formulario MC-030 . También debería pedirles a sus testigos que vayan a su audiencia en la corte. Un juez puede requerir que sus testigos den testimonio en persona.
2. Haga revisar sus formularios antes de presentarlos
Si el centro de ayuda de su corte ayuda con órdenes de restricción de violencia armada, pídales que revisen sus formularios. Pueden verificar que llenó su formulario GV-120 correctamente.
3. Haga por lo menos 2 copias de todos sus formularios
Una copia será para usted y la otra para la persona que está solicitando la orden de restricción. El original será para la corte.
Paso 2. Presente y haga la entrega legal de sus documentos de la corte
Una vez que haya llenado todos sus formularios, tiene que presentarlos ante la corte y hacer la “entrega legal” a la persona que presentó la solicitud (el demandante). La presentación y entrega legal (por alguien que no sea usted) se tienen que hacer por lo menos 2 días antes de su audiencia en la corte, para garantizar que la corte y el demandante tengan tiempo suficiente para revisar su respuesta. Si no lo puede hacer por lo menos 2 días antes de la audiencia en la corte, hágalo lo más pronto que pueda.
1. Presente su respuesta en la corte
Lleve el original y 2 copias de su formulario (GV-120 o GV-125) al secretario de la corte para presentarlo. El secretario se quedará con el original y le devolverá ambas copias, con un sello que dice “Filed” (Presentado).
- No tendrá que pagar una cuota de presentación (ver el Código Penal, sección 18121).
- Si no habla bien inglés, pídale al secretario un intérprete para la fecha de la audiencia. Obtenga consejos para ayudarle a trabajar con un intérprete de la corte.
- Para obtener más información para personas discapacitadas y un formulario para pedir una modificación.
2. Haga la entrega legal de una copia de sus formularios al demandante
Tiene que pedirle a alguien de al menos 18 años de edad (NO USTED) que envíe por correo o entregue en mano una copia de su Respuesta y cualquier otro documento pertinente al peticionario. Esa persona se llama el “notificador” o “profesional de entrega legal”. Para obtener más información sobre la entrega legal, lea nuestra sección sobre la entrega legal de documentos de la corte.
3. Presente su Prueba de entrega
- Si la persona que hizo la entrega legal lo hizo por correo, pídale que llene una Prueba de entrega por correo (formulario GV-250) y se la dé a usted. Después, presente la Prueba de entrega ante la corte y guarde una copia. Este formulario le dice al juez que la otra persona recibió una copia de su Respuesta.
- Si la persona que hizo la entrega legal entregó los documentos en persona, pídale que llene una Prueba de entrega en persona (formulario GV-200) y se la dé a usted. Después, presente la Prueba de entrega ante la corte y guarde una copia. Este formulario le dice al juez que la otra persona recibió una copia de su Respuesta.
Si no puede presentar y hacer la entrega legal de sus formularios antes de la audiencia en la corte, llévelos consigo de todas maneras a su audiencia en la corte.
Paso 3. Prepárese para su audiencia en la corte
Consejos
Ir a la corte puede ser muy estresante. He aquí algunas cosas que puede hacer para prepararse:
- Llene todos los documentos de la corte que recibió o completó para este caso. Si no presentó todavía sus formularios ante la corte, lleve el original y 2 copias de sus documentos, incluyendo su Prueba de entrega, a la audiencia. Si hay cualquier otro documento que quiera usar como prueba, tiene que llevar tres copias de cada prueba a la audiencia en la corte. Una copia es para usted, otra es para la otra parte (el demandante), y la tercera es para la corte.
- Puede llevar testigos a su audiencia en la corte. No se sabe si el juez va a permitir o no que los testigos den testimonio, pero puede llevar también una declaración escrita del testigo sobre lo que vio o escuchó. Puede usar una Declaración (formulario MC-030) para cualquier declaración de testigos que respaldará su versión de los hechos. Debería presentar y hacer la entrega legal de las declaraciones de los testigos al mismo tiempo que presente su Respuesta a la petición de orden de restricción de violencia armada (formulario GV-120). Si no tuvo tiempo para presentarlos antes de la audiencia, lleve el original más 2 copias a la audiencia.
- Si no habla bien inglés, pídale al secretario un intérprete para la fecha de la audiencia. Obtenga consejos para ayudarle a trabajar con un intérprete de la corte.
- Si es sordo o tiene problemas de audición, o tiene otra discapacidad, pida un intérprete u otro tipo de modificación. Obtenga más información para personas con discapacidades y un formulario para pedir una modificación.
- Puede hacer notas antes de la audiencia y leer de ellas en la corte. Use sus notas para estar seguro de explicarle al juez todas las cosas con las que no está de acuerdo.
Qué pasará en la audiencia
Es posible que se hayan programado otros casos para la misma hora que el suyo. Esto significa que quizás tenga que estar en la corte por varias horas. Si tiene hijos, coordine para que haya alguien que los cuide. Algunas cortes tienen una guardería. Llame al juzgado para averiguar si hay un servicio de guardería disponible.
- Haga planes para llegar temprano. Si llega tarde, el juez puede decidir su caso sin su presencia.
- Piense sobre la posibilidad de que haya tráfico, dónde va a estacionar o cómo llegar con transporte público.
- Anote el número de teléfono del secretario de la sala de audiencia. En caso de emergencia, puede llamarlo para decirle que va a llegar tarde.
- Cuando se abra la sala de la corte, entre y dígale al secretario o al funcionario judicial que ya llegó.
- No se siente al lado del demandante ni hable con él.
Cumpla con las reglas de la corte
En general, las reglas están publicadas en una cartulina fuera de la sala, pero hay algunas reglas comunes:
- No lleve comida ni bebidas.
- Apague o ponga su teléfono celular en modo de silencio.
- No use un sombrero o anteojos de sol sobre su frente.
Cuando hable con el juez:
- Diríjase al juez como “Your Honor” (su señoría) o “Judge” (Sr. Juez).
- No interrumpa a ninguna persona que esté hablando.
- Espere su turno para hablar e infórmele al juez que quiere una oportunidad para hablar.
Cuando llamen su caso
Cuando el juez llame su caso, usted se sentará en la mesa al frente de la sala. Alguien, generalmente el agente uniformado o un secretario, le indicará en qué mesa se tiene que sentar.
El juez le preguntará quién es
El juez le preguntará a usted y a la otra parte cómo se llaman. Después, le puede pedir que juren decir la verdad.
El juez escuchará a ambas partes
Usted y la otra parte tendrán una oportunidad de presentar su caso. Presentarán las pruebas y los testigos prestarán declaración.
El juez tomará una decisión
Si la orden de restricción se deniega, el caso de orden de restricción habrá finalizado. Toda orden de restricción temporal que se haya otorgado vencerá automáticamente apenas termine la audiencia.
Si la orden de restricción es otorgada, vea el paso 4 para obtener más información.
Paso 4. Después de su audiencia en la corte
Obedezca la orden de restricción.
Si no, puede ser arrestado y acusado de haber cometido un delito.
Obtenga una copia de la orden de restricción
Si no estuvo en la audiencia, alguien tiene que entregarle en mano una copia de la Orden de restricción de violencia armada después de audiencia (formulario GV-130). Si fue a la audiencia, debería obtener una copia del formulario GV-130 el día de la audiencia o poco tiempo después. Si no reciba una copia de la orden de restricción de violencia armada dictada en la corte, vaya al juzgado a solicitar una copia.
Entregue inmediatamente sus armas de fuego, municiones y cargadores
- Si posee armas de fuego, municiones o cargadores, tiene que vendérselos a un comerciante de armas autorizado, pedirle a un comerciante autorizado que los almacene, o entregarlos a las fuerzas del orden, y presentar un comprobante ante la corte. Esto se tiene que hacer dentro de las 24 horas de recibir la orden. Después tiene que presentar el comprobante de haberlo hecho ante la corte. Puede usar la Prueba de entrega, venta o almacenamiento de armas de fuego, municiones y cargadores (formulario GV-800). Lleve este formulario a la agencia del orden o comerciante de armas autorizado. Para obtener más información, lea ¿Cómo entrego, vendo o almaceno mis armas de fuego, municiones y cargadores? (formulario-GV-800-INFO).
Cómo obtener ayuda
El centro de ayuda de la corte brinda ayuda legal gratis y es posible que pueden responder a sus preguntas.
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- Órdenes de restricción de violencia armada
- Cómo pedir una orden de restricción de violencia armada
- Cómo responder a una solicitud de orden de restricción de violencia armada
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