Cómo sellar expedientes juveniles

Si usted fue arrestado o estuvo involucrado en un caso de la corte o tuvo contacto con el sistema de justicia de menores cuando era menor de 18 años de edad, la corte, sus escuelas, u otras agencias públicas pueden tener antecedentes de lo que hizo. Si es capaz de obtener una orden que selle los expedientes del caso, es posible que se le haga más fácil encontrar empleo, obtener una licencia de manejar, obtener un préstamo, rentar un apartamento, o ir a la universidad. En algunos casos, la corte sellará sus expedientes automáticamente. En otros, tendrá usted que presentar una solicitud a la corte para que los selle.

Cuando la corte ordena sellar sus expedientes, quiere decir que la infracción que dio lugar a que tuviera que ir a la corte ya no existe desde el punto de vista judicial. O sea,  usted puede decir legalmente y con veracidad que no tiene antecedentes penales cuando le pregunten sobre ellos (puede haber una excepción si quiere ingresar al ejército u obtener una acreditación federal de seguridad).

Situaciones en las cuales la corte sella sus expedientes automáticamente

Casos menos graves despedidos después del 1 de enero de 2015 (Lea Sellado de expedientes al haber completado satisfactoriamente su condena condicional (formulario JV-596-INFO S).

Si la corte de menores despide su caso después del 1 de enero de 2015 y NO determinaron que cometió una de las infracciones indicadas en la sección 707(b) del Código de Bienestar e Instituciones cuando tenía 14 años o más (estas son infracciones violentas como matar, violar o secuestrar, y a veces algunas infracciones relacionadas con drogas o armas de fuego), es posible que no sea necesario que le pida a la corte que selle sus expedientes porque lo hará automáticamente si completa satisfactoriamente su condena condicional.  Si la corte determina que ha completado satisfactoriamente su condena condicional, la corte ha de desestimar su caso. Si la corte determina que usted no completó en forma satisfactoria su periodo de condena condicional, es posible que no desestime su caso y sus expedientes no quedarán automáticamente sellados. Si usted está en esta situación y quiere sellar sus expedientes, tiene que presentar una petición ante la corte (haga clic para averiguar cómo pedir que se sellen sus expedientes).  Esta es otra de las razones por la cual es importante que preste atención a los términos y condiciones de su condena condicional y que trate de que su caso se desestime exitosamente.

Si la corte sella sus expedientes por haber completado satisfactoriamente su condena condicional, es posible que algunas agencias aún así puedan verlos en algunos casos:

  • Si sus expedientes fueron sellados por la corte cuando su caso fue desestimado, el fiscal y otros pueden ver sus expedientes para determinar si es elegible para participar en una publicación aplazada del fallo o un programa de supervisión informal.
  • Si solicita beneficios como dependiente no menor (si está en cuidado de crianza extendido), la corte puede ver sus expedientes.
  • Si se presenta una petición nueva contra usted por un delito grave, un funcionario de condena condicional puede ver en qué programas ha participado, pero no puede usar esa información para mantenerlo en la cárcel o detención juvenil ni para castigarlo.
  • Si la corte de menores determina que ha cometido un delito grave, la corte puede ver sus expedientes sellados para determinar qué condena debería imponer.
  • Si lo arrestan por un delito nuevo y el fiscal le pide a la corte que lo transfieran a usted a la corte de adultos, la corte puede revisar su expediente para determinar si sería apropiado el transferirle a la corte de adultos.
  • Si está con una familia de crianza (o en una casa de crianza, ¨foster care¨) la agencia de bienestar de menores puede ver sus expedientes para determinar dónde debería vivir y qué servicios necesita.
  • Si no tiene permitido el poseer un arma de fuego debido a su delito, el Departamento de Justicia puede ver su expediente para asegurarse que no compra ni posee un arma de fuego.
  • Si un fiscal cree que hay algo en sus expedientes que pueda ser importante para alguien que ha sido acusado de un delito en otro caso, puede pedirle al tribunal que proporcione esa información. Si se hace esa petición al tribunal, el tribunal le informará y su abogao y usted pueden presentar una objeción.

NOTA: Aunque alguien vea sus expedientes en una de estas situaciones, sus expedientes quedan sellados en el futuro, y no necesita pedirle a la corte que los selle otra vez.

Publicación aplazada del fallo
Si su supervisión de condena condicional se hizo de acuerdo con las condiciones de publicación aplazada del fallo (en inglés), conforme al artículo 20.5 del Código de Bienestar e Instituciones (secciones 790 a 795) y usted hizo lo que tenía que hacer durante el periodo de dicho acuerdo, la corte tuvo que ordenar que se sellen sus expedientes cuando despidió su caso.  Si usted no cumplió adecuadamente con el acuerdo, y la corte dictó un fallo en su contra, tendrá que solicitarle a la corte que selle sus expedientes presentando una petición.

Programas alternativos previos a una petición en la corte
A partir del 1 de enero, 2018, si participó en un programa alternativo en vez de ir a la corte bajo la sección 654 del Código de Bienestar e Instituciones (o en cualquier otro programa alternativo previo a una petición en la corte de menores) y completó el programa exitosamente, la oficina de condena condicional sellará sus expedientes de condena condicional y notificará a la agencia a cargo del programa alternativo que también selle sus expedientes. La oficina de condena condicional debe de decirle a usted si a sellado sus expedientes, y si no lo hace, tiene que explicarle por qué por escrito. Si sus expedientes no se sellan porque la oficina de condena condicional decidió que no completó con éxito el programa alternativo, puede pedirle a la corte que revise esa decisión. Si la corte decide que sí completó el programa exitosamente, la corte ordenará que la oficina de condena condicional selle sus expedientes.

Nota: Si no sabe o no está seguro si sus expedientes fueron sellados automáticamente, hable con su abogado o funcionario de condena condicional.

Cómo pedirle a la corte que selle sus expedientes

Si la corte no selló sus expedientes automáticamente, tiene que pedirle a la corte que los selle.  Si su caso fue despedido antes del 1 de enero de 2015, es muy probable que tenga que hacer esto. En la mayoría de los condados, tendrá que ponerse en contacto con el departamento de condena condicional para que selle sus expedientes, y el departamento le ayudará a presentar la petición. Puede encontrar instrucciones para pedirle a la corte que selle sus expedientes en Cómo pedirle a la corte que selle sus expedientes (formulario JV-595-INFO S). Puede encontrar información en línea sobre con quién contactar para sellar sus expedientes en su condado.  Si tiene expedientes en más de un condado, debería comunicarse con el condado donde están sus expedientes más recientes.

¿Quién califica para sellar sus expedientes de la corte de menores por infracciones NO enumeradas en la sección 707(b) del Código de Bienestar e Instituciones?
Usted califica si:

  • Tiene por lo menos 18 años de edad; o
  • Han pasado por lo menos 5 años desde que:
    • se cerró su caso, o
    • se comunicó con el departamento de condena condicional por última vez; o
    • un juez decidió que ha sido rehabilitado.

¿Qué pasa con los expedientes por delitos enumerados en la sección 707(b) del Código de Bienestar e Instituciones?

Puede pedirle a la corte que selle expedientes de la corte de menores por infracciones enumeradas en la sección 707(b) (consiste de infracciones que se pueden transferir a la corte penal de adultos) a menos que lo mandaran a una institución del estado por un delito serio de naturaleza sexual que requiere registro como agresor sexual bajo el Código Penal sección 290.008. Para ser elegible, tiene que:

  • Tener 21 años de edad y haber completado supervisión por la División de Justicia Juvenil, o
  • Tener 18 años y haber completado su supervisión de condena condicional.

Si la corte sella sus expedientes, no los destruirá, y puede tener acceso a ellos la fiscalía, oficina de condena condicional o la corte si tiene usted un caso de delito grave más adelante.

¿Quién no puede sellar sus expedientes de la corte de menores?
La corte no puede sellar sus expedientes si:

  • La corte determinó que usted cometió una de las infracciones graves de naturaleza sexual  indicadas en la sección 707(b) del Código de Bienestar e Instituciones, y que requiere que se registre como agresor sexual bajo el Código Penal sección 290.008, cuando tenía al menos 14 años de edad;
  • Su expediente es por una condena en la corte penal como adulto (en ese caso, lea cómo borrar o limpiar un expediente de adulto); o
  • Fue condenado como adulto de un delito de “depravación moral” (como un delito sexual o algunos delitos relacionados con drogas, asesinato u otro delito violento, falsificación, fraude sobre beneficios de bienestar social u otro delito de deshonestidad).

¿Alguna persona puede ver mis expedientes cuando están sellados?

  • Las compañías de seguros de vehículos pueden ver sus expedientes del DMV.
  • La corte puede ver sus expedientes:
    • Si usted es un testigo o está involucrado en un caso de difamación, o
    • Para decidir si es elegible para recibir beneficios de cuidado de crianza extendidos tras cumplir los 18 años de edad (solo si solicita dichos beneficios).
  • El fiscal y otros funcionarios pueden ver sus expedientes para determinar si usted es elegible para participar en un programa de publicación aplazada de fallo.
  • Se puede acceder a sus expedientes 707(b) si presentan cargos contra usted por un delito grave después que hayan sido sellados.

Usted puede solicitar a la corte que levante el sellado de sus expedientes si quiere accederlos.

¿Cómo solicito que sellen mis expedientes?
Los procedimientos específicos a seguir para sellar sus expedientes varían de un condado a otro.  Muchos condados tienen formularios en que tendrá que indicar todos sus arrestos y casos cuando era menor de edad.  En la mayoría de los condados tendrá que entregar estos formularios al departamento de condena condicional, el cual investigará su caso para determinar si es elegible.  En muchos condados tendrá que pagar una cuota para sellar su expediente si tiene 26 años o más, pero si tiene menos de 26 años no habrá una cuota para sellar sus expedientes juveniles.  Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.  Haga clic para encontrar más información sobre los requisitos específicos y las personas con las que se tiene que poner en contacto en cada condado.

¿Cuánto tiempo toma el sellado de mis expedientes?
Si sus expedientes están en un solo condado, el departamento de condena condicional tendrá 90 días para examinar sus formularios y comunicarle a la corte si usted es elegible para que sellen sus expedientes.  Si tiene casos en más de un condado, el departamento de condena condicional tiene 180 días para analizar sus formularios.  La corte examinará su solicitud. La corte puede decidir de inmediato. O la corte puede programar una audiencia para considerar su petición. Si se programa una audiencia, recibirá un aviso por correo con la fecha y hora de la audiencia. Si el aviso dice que su audiencia “no tiene oposición”, quiere decir que no hay nadie que esté en contra de su solicitud. En ese caso, puede optar por no asistir a la audiencia y no lo tomarán en su contra.

¿Qué expedientes se sellarán?
Si califica, la corte dictará una orden para sellar todos los expedientes elegibles indicados en su solicitud. La corte solo puede sellar los expedientes que conoce. Es importante que indique todos los expedientes de todos los condados donde tenga expedientes. El departamento de condena condicional debería poder ayudarlo a identificar sus expedientes, pero también puede conseguir una copia de sus antecedentes penales en el Departamento de Justicia de California si proporciona sus huellas digitales y paga una cuota.  La corte le ordenará a cada agencia de su lista que selle sus expedientes. La corte también ordenará que se destruyan sus expedientes antes de una cierta fecha. La corte le enviará por correo una copia de su orden. Guárdela en un lugar seguro.

Si mis expedientes se han sellado, ¿tengo que seguir registrándome como infractor sexual?
No.  Una vez que se sellen sus expedientes, la ley trata esas infracciones como si no hubieran ocurrido y no tiene que reportarlos. Aún así, es posible que el ejército y algunas agencias federales no reconozcan el sello de expedientes y es posible que sepan de sus antecedentes juveniles, aunque sus expedientes estén sellados. Si quiere enlistarse en el ejército o solicitar un empleo que requiera que proporcione sus expedientes juveniles, hable con un abogado para obtener consejo legal.

Si mis expedientes están sellados, ¿tengo que reportar las infracciones que están en los expedientes sellados en mis solicitudes de empleo, escolares u otras solicitudes?
No.  Una vez que sus expedientes estén sellados, la ley considera que dichas infracciones no ocurrieron. No obstante, las Fuerzas Armadas y algunas agencias federales pueden aplicar reglas distintas y tratar de examinar sus expedientes de la corte de menores.

¿Puede un empleador ver sus expedientes si no están sellados?
Los expedientes juveniles no se pueden divulgar a la mayoría de empleadores, y en la mayoría de casos los empleadores no pueden preguntarle sobre su historial juvenil, ni tomarlo en su contra.  Existen excepciones a esta regla si está solicitando empleo como agente de la paz (por ejemplo, como policía, sheriff, guardia de cárcel o prisión, y otros) o para trabajar en lugares de atención médica. Además, los empleadores federales pueden tener acceso a su historial juvenil. Hable con un abogado para obtener consejo legal si tiene preguntas sobre qué le puede preguntar un empleador.

¿Tiene preguntas?
Si no está seguro de que puede sellar sus expedientes o tiene alguna otra pregunta, hable con un abogado.