Información para el tutor
La corte puede nombrarlo:
- Tutor de la persona,
- Tutor del patrimonio, o
- Ambos.
Cuando la corte lo elige como tutor, usted es responsable ante la corte. Tiene que realizar ciertas tareas y asumir ciertas obligaciones. La corte puede examinar todo lo que haga como tutor. Hable con un abogado sobre este tema. Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.
Es importante que comprenda cuáles van a ser sus deberes y responsabilidades como tutor. Puede obtener más información en el Manual de tutores del Consejo Judicial. La ley dice que usted tiene que tener una copia de este manual.
También puede ver el video Con corazón: Cómo entender la tutela (With Heart: Understanding Conservatorship) disponible solo en inglés. Este video proporciona información general sobre el papel del tutor. Algunos de los formularios judiciales que aparecen en el video no están actualizados, pero la información provista es relevante y correcta.
Cuando la corte lo nombra tutor de una persona, usted tiene que:
- Coordinar el cuidado y protección del pupilo;
- Decidir dónde va a vivir el pupilo; y
- Estar a cargo de las siguientes necesidades del pupilo:
- Comidas,
- Atención de la salud;
- Ropa,
- Cuidado personal,
- Tareas del hogar,
- Transporte,
- Albergue,
- Recreación, y
- Bienestar.
- Obtener aprobación de la corte antes de tomar ciertas decisiones sobre la atención de la salud o las condiciones de vida del pupilo.
- Informar a la corte si el pupilo se muda; es posible tenga que obtener una orden de la corte para que le permita mudarlo.
- Informar a la corte sobre el estado actual del pupilo.
- Mantener informada a la corte sobre cualquier cambio de dirección o de su información de contacto.
Recuerde que ser tutor de una persona no lo convierte automáticamente en tutor del patrimonio. Si quiere ser nombrado tutor del patrimonio, tiene que solicitárselo a la corte, ya sea en el mismo momento en que le pide que lo nombre tutor de la persona, o más adelante (presentando otra petición, de la misma manera que lo hizo con la petición inicial para el nombramiento del tutor de la persona).
Cuáles son sus responsabilidades
Una vez que lo nombren tutor de la persona, tendrá responsabilidades o deberes legales. Es muy importante que comprenda estos deberes para poder cumplirlos adecuadamente.Averigüe cuáles son las necesidades del pupilo
Tiene que averiguar cuáles son las necesidades del pupilo y cómo satisfacerlas.
Decida dónde vivirá el pupilo
Puede decidir dónde va a vivir el pupilo. Pero tiene que elegir el lugar menos restrictivo. Tiene que ser apropiado, seguro y cómodo para el pupilo. Y tiene que permitir que el pupilo viva de la manera más independiente posible.
- Tiene que informarle a la corte cada vez que vaya a cambiar la dirección del pupilo, por lo menos 15 días antes de que se mude.
- No puede mudar al pupilo fuera del estado.
- No puede internar al pupilo en un establecimiento de tratamiento de salud mental.
- Es posible que pueda colocar al pupilo en un establecimiento de cuidado residencial especial con una barda a llave al perímetro de la propiedad si el pupilo tiene demencia y la corte está de acuerdo con usted. PERO tiene que asegurar que el establecimiento:
- Sea apropiado,
- Cumpla con las necesidades especiales del pupilo, y
- No sea más restrictivo que lo necesario.
Obtenga atención de la salud para el pupilo
Usted es responsable por asegurar que se satisfagan las necesidades de atención de la salud del pupilo.
No puede dar o negar consentimiento para el tratamiento médico si el pupilo no está de acuerdo, a menos que la corte le otorgue este derecho exclusivo. Si la corte le otorga el poder para aprobar el uso de ciertos medicamentos muy fuertes para tratar la demencia, tiene que asegurar que los médicos prueben otros tratamientos menos intrusivos primero.
Colabore con el tutor del patrimonio
Si hay un tutor del patrimonio, tiene que colaborar con él para asegurar que el pupilo pueda pagar por la atención que usted ha coordinado para él. El tutor del patrimonio tiene que aprobar lo que compre para el pupilo, o es posible que no pueda recuperar lo que gastó.
Deber de divulgación de los cónyuges y parejas de hecho
Si usted está casado o forma una pareja de hecho con el pupilo, le tiene que informar a la corte sobre cualquier caso que presente ante la corte para dar por terminado o cambiar su matrimonio, o cualquier acto que pueda dar por terminada su pareja de hecho.
Le tiene que informar a la corte sobre estos eventos a más tardar 10 días después de que ocurrieron. Presente un aviso ante la corte.
Obtenga ayuda de su abogado y de otros recursos.
Su abogado le dará asesoramiento sobre cuáles son sus tareas, los límites de sus poderes, los derechos del pupilo y cómo hacer los trámites legales. Si tiene preguntas legales, consulte con un abogado.
Nota: No puede ser demandado si el pupilo lesiona a otra persona o causa daño a la propiedad de otra persona, a menos que haya sido usted negligente personalmente en la situación en la cual el pupilo causó daños.
Si no tiene a un abogado, es importante que obtenga ayuda de los recursos de su comunidad local. Consulte el Manual de tutores y cualquier suplemento local que pueda tener su corte. Pregúntele al secretario si su corte cuenta con un suplemento local del Manual.
El dinero y los bienes del pupilo se llaman el “patrimonio” del pupilo.
Cuando la corte lo nombra tutor del patrimonio, tiene que:
- Administrar las finanzas del pupilo;
- Hacer una lista de todos los bienes del patrimonio;
- Tomar control de todos los activos;
- Cobrar los ingresos del pupilo;
- Pagar las cuentas del pupilo;
- Hacer un plan para asegurar que se cumplan con las necesidades del pupilo (su plan de tutela);
- Hacer un presupuesto para mostrar cuánto puede gastar el pupilo;
- Asegurar que el pupilo reciba todos los beneficios que le corresponda;
- Invertir el dinero del pupilo en forma responsable;
- Proteger los ingresos y bienes del pupilo;
- Mantener registros financieros exactos; y
- Presentar informes periódicos a la corte y al pupilo sobre la contabilidad financiera del manejo de sus activos.
Cuáles son sus responsabilidades
Administrar los activos del patrimonio
Para poder administrar apropiadamente los activos del pupilo, tiene que:
1. Realizar inversiones prudentes. Administre el patrimonio con cuidado. Recuerde: Se está haciendo cargo de los bienes de otra persona. NO haga inversiones riesgosas.
2. Mantener los bienes separados. Tiene que mantener el dinero y los bienes del patrimonio separados de los de otras personas, y especialmente de los suyos. Cuando abra una cuenta bancaria para el patrimonio, el nombre de la cuenta tiene que decir que es una cuenta de tutela y no su cuenta personal.
- NUNCA deposite dinero del patrimonio en su cuenta personal.
- NUNCA mezcle el dinero del patrimonio con el suyo o el de cualquier otra persona, aunque sea por muy poco tiempo.
- Las acciones y bonos TIENEN QUE estar a nombre del patrimonio y no a nombre suyo.
3. Use cuentas y otras inversiones que devengan intereses. Puede abrir cuentas de cheques para los gastos cotidianos. Pero ponga el resto del dinero del patrimonio en cuentas que dan intereses. Puede depositar el dinero del patrimonio en cuentas con seguro bancario. Pero no ponga más de $100,000 en un mismo banco. Antes de realizar cualquier inversión o de cambiar cualquier inversión que hizo el pupilo antes de que lo nombraran como tutor, hable con un abogado.
4. Otras restricciones. Hay muchas otras limitaciones para manejar el dinero del patrimonio. A menos que tenga una orden de la corte, NO PUEDE:
- Pagarse a sí mismo, ni a su abogado, del dinero del patrimonio;
- Donar cualquier parte del patrimonio; o
- Tomar dinero prestado del patrimonio.
Si no obtiene permiso de la corte cuando debe, es posible que tenga que devolver dinero al patrimonio de su propio bolsillo. Y es posible que le quiten la tutela del pupilo. Hable con un abogado para saber lo que dice la ley en materia de ventas, alquileres, hipotecas e inversiones.
Mantenga un inventario de los bienes del patrimonio
Si lo nombran tutor del patrimonio, tiene que hacer y mantener una lista de los bienes del patrimonio. Para eso, tiene que:
- Encontrar los bienes del patrimonio. Tiene que encontrar, obtener y proteger todo el dinero y los bienes del pupilo. Ponga los bienes personales en nombre suyo como tutor del patrimonio. Para el caso de bienes raíces, presente una copia de las Cartas de tutela ante el registrador de cada condado donde el pupilo tiene bienes raíces. Haga clic para encontrar al registrador del condado.
- Determinar el valor de los bienes. You must get a court-appointed referee to figure out how much the estate’s noncash property is worth. But you, not the referee, have to figure out how much the “cash items” are worth. Talk to a lawyer about how to do this.
- Presentar un inventario y tasación de los bienes. Tiene que contratar a un árbitro nombrado por la corte para tasar el valor de todos los bienes del patrimonio que no están en efectivo. Pero usted, no el árbitro, tendrá que determinar el valor de los “bienes en efectivo”. Hable con un abogado para saber cómo hacer esto.
- Asegurar los bienes. Tiene que tener seguro suficiente para cubrir los bienes del patrimonio. Además, tiene que tener el tipo de seguro adecuado. Mantenga en vigencia el seguro de cada bien por todo el tiempo que administre el patrimonio del pupilo.
Registros y contabilidad
Tiene que llevar un registro exacto y completo de cada una de las transacciones financieras que haga con el patrimonio. Use la libreta de cheques de la tutela para registrar todo el dinero que entra y sale de la cuenta.
- Todos los ingresos, dinero y bienes que recibe;
- Todo lo que gastó;
- La fecha de cada transacción;
- El propósito de cada transacción; y
- Lo que queda en el patrimonio después de haber pagado todos los gastos.
Examen de sus registros por parte de la corte
Un año después de que lo nombren tutor del patrimonio, tiene que presentar una petición para que la corte apruebe sus registros contables. Después tendrá que volver a hacerlo cada 2 años. Guarde sus recibos. Es posible que la corte los quiera ver.
Si no presenta sus registros contables, la corte le ordenará que lo haga. Y es posible que le quiten la tutela del pupilo.
Deber de divulgación de los cónyuges y parejas de hecho
Si está casado o forma una pareja de hecho con el pupilo, le tiene que informar a la corte sobre cualquier caso que presente ante la corte para dar por terminado o cambiar su matrimonio, o cualquier acto que pueda dar por terminada su pareja de hecho.
Le tiene que informar a la corte sobre estos eventos a más tardar 10 días después de que ocurrieron. Presente un aviso ante la corte.
Obtenga ayuda de su abogado y de otros recursos
Su abogado lo asesorará sobre sus tareas y los límites de sus poderes, y lo ayudará a preparar su inventario, registros contables y petición. Coopere siempre con su abogado. Si no tiene a un abogado, quizás le convenga de todas maneras pedir asesoramiento a un abogado para aclarar cualquier pregunta o duda que tenga. Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.
Si la corte lo nombra tutor temporal, tendrá las mismas responsabilidades y poderes que el tutor general. Pero la tutela terminará en la fecha indicada en las Cartas de tutela temporal. Un tutor temporal actúa solamente hasta que se nombre a un tutor general, usualmente en 30 ó 60 días.
Un tutor temporal no debería tomar decisiones ni hacer cambios de largo plazo que pueden esperar hasta que se nombre al tutor permanente. El deber principal del tutor temporal es asegurar el cuidado, protección y respaldo temporal del pupilo. Y el tutor del patrimonio temporal debe proteger las finanzas y los bienes del pupilo de cualquier pérdida o daño hasta que un tutor general se pueda hacer cargo de administrar el patrimonio. Un tutor temporal no podrá hacer lo siguiente sin la aprobación previa del juez:- Mudar al pupilo de su casa (a menos que sea una emergencia).
- Vender la casa del pupilo o, si el pupilo es inquilino, dar por terminado el contrato de alquiler.
- Vender o donar un activo del patrimonio.
Los pupilos no pierden todos sus derechos. Pueden seguir participando en decisiones importantes. Tienen el derecho a:
- Ser tratados con comprensión y respeto;
- Que se consideren sus deseos; y
- Que usted lo cuide bien.
En general, los pupilos conservan el derecho a:
- Controlar su propio salario;
- Hacer o cambiar su testamento;
- Casarse;
- Recibir correspondencia;
- Tener a un abogado;
- Pedirle al juez que cambie de tutor;
- Pedirle al juez que dé por terminada la tutela;
- Votar, a menos que el juez dictamine que no puede;
- Controlar su dinero para gastos personales, si el juez le permite tener una asignación; and
- Tomar sus propias decisiones sobre atención de la salud, a menos que el juez le transfiera esos derechos al tutor.
Pregúntele a su abogado qué derechos tiene y no tiene el pupilo. Si tiene preguntas, consulte con su abogado.
Una tutela de adultos en general es una situación permanente. Pero en ciertos casos se puede dar por terminada la tutela o se puede cambiar al tutor.
- El tutor renuncia
Si se enferma, o no puede continuar prestando servicios como tutor por otra razón, puede presentar una petición a la corte para que acepte su renuncia. Hasta que la corte acepte su renuncia (suponiendo que la acepte), usted seguirá siendo responsable por cumplir sus funciones de tutor.
Si la corte le acepta su renuncia, es posible que el juez le pida ayuda para encontrar a otro tutor. Si no se puede encontrar a otro tutor, se puede llegar a nombrar al Tutor Público o a un fiduciario profesional. - El pupilo puede volver a manejar sus propios asuntos
A veces una persona puede necesitar de un tutor mientras se está recuperando de un problema físico o mental que lo ha discapacitado temporalmente. Por ejemplo, el pupilo puede haber sufrido un accidente grave de carro, y puede quedar incapacitado para manejar sus asuntos personales o sus finanzas. Después de la rehabilitación, es posible que el pupilo se recupere y pueda manejar nuevamente sus propios asuntos.
En estos casos, usted, el pupilo, uno de los parientes o amigos del pupilo, o alguna otra persona interesada, puede pedirle a la corte que dé por terminada la tutela. La corte puede pedirle al investigador de la corte que evalúe el estado del pupilo para ver si se puede dar por terminada la tutela. Si el juez da por terminada la tutela, será liberado de sus obligaciones. - El pupilo ya no tiene más activos
A veces se gastan en cuidarlo todos los bienes del pupilo. Si ya no hay más activos, no puede haber tampoco una tutela del patrimonio. De ser necesario, la tutela de la persona continuará. - El pupilo fallece
La tutela termina cuando fallece el pupilo. Pero en ese caso no quedará liberado automáticamente de sus obligaciones, y la tutela no terminará hasta que tome ciertas medidas para cerrar el caso. - La corte releva al tutor
La corte puede relevarlo si no está cumpliendo con su tarea, o si no es capaz de hacerla, y nombrar a otro tutor para reemplazarlo. El pupilo o cualquiera de sus parientes o amigos pueden pedirle a la corte que lo releve y reemplace. Si la solicitud es hecha por el pupilo y no tiene a su propio abogado, el juez en general nombrará a uno para que presente la petición en nombre del pupilo.
Si lo relevan de su cargo, renuncia o la tutela termina, será liberado de sus obligaciones, pero sólo después de que haya terminado todos los trámites y le proporcione a la corte la información o documentos necesarios para transferir el caso a un nuevo tutor o dar por terminada la tutela. Si es el tutor del patrimonio, tendrá que presentar la contabilidad final.
Paso 1. | Lo nombran y está calificado para ser tutor de la persona. |
Paso 2. | Obtenga sus Cartas de tutela y use las copias certificadas de estas Cartas para avisarles a los médicos y compañías de seguro del pupilo, y a otras partes interesadas, que usted está autorizado para actuar en nombre del pupilo. |
Paso 3. | Averigüe qué ayuda necesita el pupilo y haga un plan para cumplir con estas necesidades (su plan de tutela). La corte puede exigir que presente el plan o un informe de estado sobre la situación y circunstancias actuales del pupilo. Hable con su abogado para ver qué requisitos tiene su corte.. |
Paso 4. | Ocúpese de las necesidades urgentes del pupilo. |
Paso 5. |
Tome medidas para asegurar lo siguiente para el pupilo: • Dónde va a vivir, |
Paso 6. | Será tutor hasta que un juez oficialmente lo libere de sus obligaciones. Esto puede ocurrir si renuncia y la corte acepta su renuncia, fallece el pupilo, un juez lo reemplaza con un nuevo tutor, o un juez decide que el pupilo ya no necesita a un tutor. |
Paso 1. | Lo nombran y está calificado para ser tutor del patrimonio. Para estar calificado es posible que tenga que obtener una fianza. |
Paso 2. | Obtenga sus Cartas de tutela y use copias certificadas de las Cartas para notificar a los bancos, acreedores, corredores de bolsa y otras organizaciones (como la Administración del Seguro Social o de Asuntos de Veteranos) que está autorizado a actuar en nombre del pupilo. |
Paso 3. |
Averigüe qué activos tiene el pupilo y ubíquelos. Tome pasos para proteger estos activos de inmediato. Consulte con su abogado sobre cualquier acción urgente que haya que tomar para prevenir pérdidas, como por ejemplo congelar los activos para que nadie pueda acceder a los mismos salvo usted. Cambie la dirección postal del pupilo para que toda la correspondencia financiera y las facturas lleguen a su domicilio. |
Paso 4. | Prepare un Inventario y tasación (formulario GC-040) de los activos del pupilo y preséntelo ante el secretario de la corte a no más de 90 días de haber sido nombrado. |
Paso 5. | Analice las necesidades financieras del pupilo y haga un plan para poder cumplirlas (su plan de tutela). |
Paso 6. | Establezca un sistema simple y exacto para mantener un registro de de los ingresos y gastos de la tutela. |
Paso 7. |
Proteja y administre las finanzas del pupilo: • Tomando el control de sus activos; |
Paso 8. |
Tiene que presentar una contabilidad ante la corte mostrando cómo administró los ingresos y los bienes del pupilo a más tardar a 1 año de haber sido nombrado, y al menos 2 dos años de ahí en más. (Los tutores de patrimonios pequeños pueden quedar exentos de estas tareas, pero no lo dé por sentado hasta que la corte se lo permita.) |
Paso 9. | Seguirá cumpliendo sus funciones de tutor hasta haber presentado su contabilidad final y un juez lo haya relevado de sus funciones. Esto puede ocurrir si renuncia, si el pupilo fallece, si el juez cancela su nombramiento y lo reemplaza con otro tutor, o si el juez decide que el pupilo ya no necesita a un tutor. |