Cómo disputar la filiación (paternidad)

Cualquiera  de los padres puede disputar la filiación (paternidad) de un menor. En la mayoría de los casos, si todavía no se estableció la filiación, cualquiera de los padres puede disputarla. Por ejemplo, un hombre que quiere disputar que es el padre de un niño, puede solicitar un análisis genético para establecer si es en realidad el padre biológico del niño. En una situación con una pareja del mismo sexo, una mujer que recibe una Petición para establecer relación de paternidad (formulario FL-220) puede disputar la existencia de una relación de filiación (paternidad) si ella nunca tuvo la intención de ser la otra madre del niño.

Las leyes sobre filiación son muy complicadas. Si ya existe una orden de la corte que dice, por ejemplo, que alguien es el padre del menor, y él o la madre quieren hacer un análisis genético (ADN), es posible que ya sea demasiado tarde. O la ley puede declarar que alguien es el padre legal aunque los análisis genéticos indiquen que no es el padre biológico. En casos de parejas del mismo sexo, existen también complicaciones sobre cuáles eran las intenciones de las dos personas en cuanto a ser padres o tener un hijo, y otros temas.

Si quiere disputar la filiación (paternidad) o solicitar un análisis genético, hable con su asistente de derecho familiar para averiguar si lo puede hacer y cómo hacerlo.

Nota: Todos los formularios en las instrucciones a continuación están en inglés a menos que se especifique que están disponibles en español. Pero recuerde que se deben llenar en inglés.

En general puede disputar la filiación (paternidad) o solicitar un análisis genético al principio del caso. El método que tiene que usar para solicitarlo dependerá del tipo de caso.

Si recibió legalmente una Orden de comparecencia y Demanda de la LCSA (o del DCSS)

Si recibió legalmente de la agencia local de manutención de los hijos (LCSA en inglés) (sus documentos pueden decir Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos, o DCSS en inglés) una Orden de comparecencia y demanda sobre obligaciones de los padres o una Demanda suplementaria, tiene 30 días a partir de la fecha en que recibió estos documentos para responder y disputar la filiación (paternidad) o solicitar un análisis genético. Si no responde en este plazo de 30 días, la corte puede decidir que usted es el padre legal sin necesidad de un análisis genético o sin tener la oportunidad de presentar pruebas que usted no tuvo la intención de tener un hijo.

Para responder, siga estos pasos:

Nota: A continuación, le proporcionamos los formularios en inglés y también en español si están disponibles. Aunque un formulario esté en español, tenga en cuenta que la versión en español es solo una muestra para ayudarlo. Todos los formularios que se presentan en la corte tienen que estar en inglés y ser llenados en inglés.

1. Llene sus formularios de la corte
Llene los siguientes formularios (y recuerde que usted es el demandado o "respondedor"):

  • Respuesta a la demanda o demanda suplementaria sobre las obligaciones de los padres (formulario FL-610).
  • Si no está seguro de ser el padre del niño y quiere solicitar un análisis genético para estar seguro o quiere que se lleve a cabo un juicio para determinar la relación de filiación (paternidad), tiene que marcar la casilla que dice que usted NO es el padre.

2. Si la demanda también solicita la manutención de los hijos, llene también 1 de estos formularios de la corte:

• Declaración de ingresos y gastos (formulario FL-150en español | video de instrucción (en inglés) )
O
• Declaración financiera (simplificada) (formulario FL-155en español | video de instrucción (en inglés) )

Lea ¿Qué formulario financiero, el FL-155 ó el FL-150? (formulario DV-570) (en español) para averiguar si puede usar el formulario más simple (formulario FL-155).

3. Haga revisar sus formularios
Pídale al asistente de derecho familiar que revise sus formularios. Él podrá verificar que usted los llenó correctamente antes de presentar el caso.

También puede contratar un abogado privado para que revise sus documentos o le de asesoría legal, ya sea con su caso entero o solo las partes de su caso con las que necesite algo más de ayuda (esto se llama "representación de alcance limitado"). Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado. Haga clic para leer más sobre la "representación de alcance limitado".

4. Haga por los menos 2 copias de todos sus formularios
Una copia será para usted; otra copia será para la LCSA. El original será para la corte.

5. Entregue legalmente sus documentos LCSA
Entregue una copia de sus documentos a la agencia local de manutención de los hijos. Puede hacer la entrega legal por correo o en persona.

La entrega legal es muy importante, de manera que tiene que realizarla correctamente. Y recuerde que debe ser efectuada por una tercera persona, NO por usted. Verifique que la persona que hizo la entrega legal en su nombre envíe por correo una copia y no el original, porque el original es para la corte.

Para obtener más información sobre cómo entregar legalmente su Respuesta, lea la Hoja informativa sobre la entrega legal (formulario FL-611). Haga clic para obtener más información sobre la “entrega legal”.

6. Pídale a la persona que entregó legalmente su Respuesta que llene la Prueba de entrega
Pídale a la persona que hizo la entrega que llene la porción Prueba de entrega de la Respuesta original (formulario FL-610), que se encuentra en la segunda página. Verifique que la persona que hizo la entrega llene la sección correcta (entrega personal si entregó los documentos en mano; o entrega por correo si envió los documentos por correo). La persona que hizo la entrega tiene que escribir su nombre en letra de molde y firmar en la sección Prueba de entrega.

Una vez que haya llenado la porción Prueba de entrega, le tiene que devolver a usted la Respuesta original.

7. Presente sus formularios ante el secretario de la corte en un plazo de 30 días de haber recibido legalmente la Demanda
Entregue el original de su Respuesta (con la porción Prueba de entrega debidamente llenada), su copia y cualquier otro formulario pertinente al secretario de la corte.

El secretario guardará el original y le devolverá las copias con un sello que dice “Filed” (Presentado). Es posible que tenga que pagar una cuota de presentación. Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.

8. La LCSA probablemente programará un análisis genético (ADN) para usted, su hijo y el otro padre
Los procedimientos varían según el condado, pero en general le programarán una cita para proporcionar una muestra de ADN. También se les pedirá al niño y al otro padre que proporcionen muestras de ADN. El análisis de filiación (paternidad) será realizado por un laboratorio y los resultados se enviarán a la LCSA. Hable con su administrador del caso para saber cuáles son los plazos y lo que tiene que hacer para recibir los resultados del análisis.

Después de los resultados del análisis genético

Si solicitó un análisis genético, tiene varias opciones una vez que reciba los resultados.  Puede hablar con un abogado para decidir qué opción le conviene más. Puede aceptar los resultados del análisis genético o puede pedir que se haga otro análisis (que posiblemente tenga que pagar usted). O si los resultados de los análisis muestran que la persona no es el padre del niño, es posible que el caso se despida. La opción que más le convenga dependerá de su situación individual.

He aquí un ejemplo para ayudarlo a comprender sus opciones:

David no estaba seguro de que era el padre de María, de manera que solicitó un análisis genético para confirmarlo. Después de recibir los resultados de los análisis, las opciones de David son:

  • Si los análisis genéticos dicen que hay una probabilidad muy alta de que David sea el padre de María, tiene la opción de aceptar (estipular) la filiación (paternidad) o de solicitar un juicio para decidir la filiación.
  • Si los análisis genéticos dicen que la probabilidad de que David sea el padre de María es muy baja o nula, lo más probable es que el caso en su contra sea sobreseído.
  • Si David no está de acuerdo con los resultados del análisis genéticos, es posible que pueda pedir un segundo análisis genético en otro laboratorio, pero es probable que tenga que pagarlo de su propio bolsillo.

Pídale al asistente de derecho familiar que lo ayude con cualquiera de estos pasos o que simplemente le diga lo que tiene que hacer.


Si recibió legalmente una petición presentada por el otro padre

Si recibió legalmente del otro padre una Petición para establecer relación de paternidad (formulario FL-220), tiene 30 días a partir de la fecha en que recibió los documentos para responder. Si no responde en este plazo de 30 días, la corte puede establecer la relación legal solicitada en la petición sin necesidad de un análisis genético o sin considerar cualquier otra prueba relacionada con la filiación (paternidad).

Para responder, siga estos pasos:

1. Llene sus formularios de la corte
Llene los siguientes formularios (y recuerde que usted es el demandado):

  • Respuesta a la petición para establecer relación de paternidad (formulario FL-220 | video de instrucción (en inglés) )).
  • No se olvide de marcar la casilla 5c si no está seguro de que es el padre del niño y la casilla 5d si está seguro de que NO es el padre del niño.
  • Si usted es la madre, el demandante reclama ser el otro padre, y usted quiere que se haga un análisis de paternidad o que se lleve a cabo un juicio para determinar la relación de filiación (paternidad), marque la casilla 2c.
  • También puede haber recibido un formulario en blanco de la Declaración bajo la Ley Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de Custodia de los Hijos (UCCJEA) (formulario FL-105/GC-120 | video de instrucción (en inglés) ). Si está solicitando un análisis genético, no es necesario llenar este formulario en este momento. Si está de acuerdo con la filiación, llene este formulario.

2. Haga revisar sus formularios
Pídale al asistente de derecho familiar que revise sus formularios. El asesor podrá verificar que usted los llenó correctamente antes de avanzar con su caso.

También puede contratar un abogado privado para que revise sus documentos o le de asesoría legal, ya sea con su caso entero o solo las partes de su caso con las que necesite algo más de ayuda (esto se llama "representación de alcance limitado"). Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado. Haga clic para leer más sobre la "representación de alcance limitado".

3. Haga por los menos 2 copias de todos sus formularios
Una copia será para usted; otra copia será para el otro padre del niño. El original será para la corte.

4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte en un plazo de 30 días de haber recibido legalmente la Petición
Entregue sus formularios al secretario de la corte. Él se quedará con el original y le devolverá las copias con un sello que dice “Filed” (Presentado). Una copia es para usted y la otra es para el peticionario (el otro padre). Tendrá que pagar una cuota de presentación. Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.

5. Entregue legalmente sus documentos al otro padre
Entregue legalmente una copia de la Respuesta a la petición para establecer relación de paternidad (formulario FL-220 | video de instrucción (en inglés) ) y de cualquier otro documento adjunto al otro padre. Tiene que pedirle a otra persona que haga la entrega legal por correo o en persona (NO la puede hacer usted).

Haga clic para obtener más información sobre la “entrega legal.” Puede hacer la entrega legal de este formulario al otro padre antes de que el secretario de la corte le ponga el sello; pero asegúrese de no entregarle el original al demandante.

6. Presente su Prueba de entrega
Haga que la persona que hizo la entrega legal llene un formulario de Prueba de entrega. Si hizo la entrega en persona, debe firmar una Prueba de entrega en persona (formulario FL-330). O si hizo la entrega legal al otro padre por correo, tiene que firmar una Prueba de entrega por correo (formulario FL-335).

Después presente la Prueba de entrega ante el secretario de la corte. (Si le entregó legalmente al otro padre una copia sin sellar de la Respuesta a la petición para establecer una relación de paternidad, puede presentar el original de su Respuesta junto con la Prueba de entrega.)

Si está disputando la filiación (paternidad), solicitando un análisis genético, o pidiendo un juicio para decidir la filiación, su caso se considerará “disputado”. Los casos disputados pueden ser complicados.

En la mayoría de las cortes, el demandante o usted tendrá que presentar y entregar legalmente un formulario para fijar una fecha de juicio. Además, la mayoría de las cortes exige a los padres que asistan a una conferencia para llegar a un acuerdo antes de ir a juicio. Pregúntele al secretario de la corte cuál debería ser el próximo paso y si tiene que llenar algún formulario especial de la corte local. Haga clic para encontrar su corte local.

¡Aviso! Si su caso es disputado, hable con su asistente de derecho familiar o con un abogado. Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado. Este Centro de Ayuda en Línea no lo puede ayudar con casos disputados porque los pasos a tomar dependen en gran medida de las circunstancias individuales de su caso. Estos casos pueden ser muy complicados.

Cómo cancelar su declaración voluntaria de filiación o paternidad
Si usted y el otro padre quieren cancelar una declaración de filiación o paternidad después de haberla firmado, tiene que llenar una Declaración de rescisión de filiación (paternidad) (formulario DCSS 0915) (en inglés) para rescindir (cancelar) la declaración de filiación o paternidad.

Tiene que presentar el formulario de rescisión ante el Department of Child Support Services (Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos) en un plazo de 60 días a partir de la fecha en que firmó la declaración de filiación o paternidad. Sólo 1 de los padres tiene que firmar y presentar el formulario, pero se debe notificar formalmente al otro padre por correo certificado con aviso de retorno.

También puede obtener un formulario CS 915 en las siguientes agencias de su condado:

NO PUEDE usar el formulario de rescisión y tendrá que ir a la corte para cancelar la Declaración de filiación o paternidad si:

  • Han pasado más de 60 días de haber firmado la Declaración de filiación o paternidad; o
  • Alguien, como por ejemplo el otro padre o la agencia local de manutención de los hijos (LCSA), inició un caso en la corte usando la declaración de filiación o paternidad. Por ejemplo, un padre no puede presentar un formulario de rescisión (formulario DCSS 0915) si el otro padre le pidió a la corte una orden de manutención de los hijos basándose en la declaración.

Si ya no puede usar el procedimiento de rescisión para la declaración voluntaria de filiación o paternidad y sigue queriendo cancelarla, lea la próxima sección.


Cómo ir a la corte para anular (cancelar) una declaración voluntaria de filiación o paternidad

Si no puede presentar el formulario DCSS 0915, tiene que ir a la corte para tratar de cancelar la declaración voluntaria de filiación o paternidad. La corte no le concederá automáticamente su solicitud para cancelar la declaración de filiación o paternidad. Tiene que probarle a la corte que tiene una buena razón para cancelar la declaración que firmó.

¡Aviso! Esta sección sólo da instrucciones generales. Es complicado presentar una acción en la corte para anular una declaración voluntaria de filiación o paternidad. Hable con el asistente de derecho familiar de su condado o con un abogado. Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.


Para presentar una solicitud para cancelar una declaración de filiación o paternidad:

1. Llene el formulario FL-280

  • Llene un Pedido de audiencia y Solicitud para anular la Declaración voluntaria de filiación o paternidad (formulario FL-280) (en español).
  • Lea la Hoja informativa sobre cómo completar un pedido de audiencia y solicitud para anular declaración voluntaria de filiación o paternidad (formulario FL-281) (en español). Tiene instrucciones detalladas para ayudarlo a llenar el formulario FL-280.
  • Si actualmente no hay un caso basado en su declaración voluntaria de filiación o paternidad, usted es el “Demandante” y el otro padre es el “Demandado”. No llene el espacio para el número de caso en su formulario FL-280.
  • Si hay una orden, fallo o acción legal existente presentada ante la corte basándose en su declaración voluntaria de filiación o paternidad, su solicitud formará parte de ese caso. Cuando llene su formulario FL-280, use los mismos nombres para el “Demandante” y “Demandado” u “Otro padre” y el número de caso que aparece en los documentos que recibió.


2. Cómo obtener ayuda para llenar sus formularios o para revisarlos
Pídale al asistente de derecho familiar que lo ayude a llenar sus formularios o a revisarlos después de que los haya llenado. Él podrá verificar que usted los llenó correctamente antes de presentar el caso.


3. Haga por los menos 3 copias de todos sus formularios
Una copia será para usted; otra copia será para la agencia local de manutención de los hijos. La tercera copia es para el otro padre del caso. El original será para la corte.


4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte
Entregue su Pedido de audiencia y Solicitud (formulario FL-280) (en español) junto con todas las copias al secretario de la corte. El secretario guardará el original y le devolverá las copias con un sello que dice “Filed” (Presentado). El secretario escribirá la fecha, la hora y el lugar de su audiencia en la corte en sus copias.

Es posible que tenga que pagar una cuota de presentación. Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.


5. Haga la entrega legal de sus documentos al otro padre y a la LCSA (si corresponde)

  • Entregue una copia de sus documentos al otro padre del caso. Cuando le haga la entrega legal al otro padre, incluya también una copia en blanco de la Declaración de respuesta a la Solicitud para anular la Declaración voluntaria de filiación o paternidad (fomulario FL-285).
  • Entregue legalmente una copia de sus documentos a la agencia local de manutención de los hijos, si participa del caso (en general son el “Demandante” del caso).
  • Haga la entrega legal en persona por lo menos 16 días antes de la audiencia a la LCSA y al otro padre (a menos que la página 1 del formulario FL-280 (en español) diga, en la casilla “Order” (Orden), que los plazos de audiencia o la entrega legal se han acortado; en ese caso, cumpla con estos plazos de vencimiento).
  • Si ya existe un caso abierto en la corte que está utilizando para presentar su pedido, puede hacer la entrega legal por correo, pero la tiene que realizar por lo menos 21 días antes de la audiencia.
  • La entrega legal es muy importante, de manera que tiene que realizarla correctamente. Y recuerde que debe ser efectuada por una tercera persona, NO por usted.
  • Para obtener más información sobre cómo entregar legalmente su Pedido, lea la Hoja informativa sobre la entrega legal (formulario FL-611). Haga clic para obtener más información sobre la “entrega legal".


6. Presente sus Pruebas de entrega
Pídale a la persona que hizo la entrega que llene una Prueba de entrega en persona (formulario FL-330) para el otro padre y otra Prueba de entrega para la LCSA, si participa en el caso. Si la entrega legal al otro padre (o a la LCSA) se hace por correo, la persona que hizo la entrega tiene que llenar una Prueba de entrega por correo (formulario FL-335).

Presente las pruebas de entrega ante la corte. Es muy importante que la persona que hizo la entrega legal llene las pruebas de entrega correctamente. De ser posible, pídale al asistente de derecho familiar que las revise para verificar que fueron llenadas correctamente.


7.  Vaya a su audiencia en la corte
La fecha, horario y ubicación de su audiencia aparecen en la línea 2 del formulario FL-280 que le dio el secretario de la corte.

Lleve consigo la Orden después de la audiencia sobre la Petición para anular la Declaración voluntaria de filiación o paternidad (formulario FL-290) (en español) cuando vaya a la audiencia. Antes de la audiencia, llene las casillas con su nombre y dirección en la parte superior de este formulario.

Para obtener más información sobre cómo prepararse para su audiencia en la corte, vea Ir a la corte.


Después de la audiencia
Si el juez aprueba su solicitud,
usted y el otro padre tendrán que hacerse un análisis genético (ADN) o, en casos de parejas del mismo sexo, presentar pruebas de que tuvieron (o no) la intención de ser padres juntos. Por ejemplo:

  • Si los análisis genéticos demuestran que el padre que aparece en la declaración de filiación o paternidad no puede ser el padre del niño, el juez dictará una orden que dice que esta persona no es el padre.
  • Si los análisis demuestran que el padre en la declaración es el padre del niño, todas las órdenes basadas en la declaración seguirán vigentes. La declaración también se puede usar para pedir órdenes de custodia, visitación (tiempo de crianza) o manutención de los hijos.

Si el juez no aprueba su solicitud, todas las órdenes de la corte basadas en la declaración de filiación o paternidad seguirán vigentes. La declaración se puede usar para pedir órdenes de custodia, visitación (tiempor de crianza) o manutención de los hijos.

Cómo responder a una acción para anular (cancelar) una declaración voluntaria de filiación o paternidad
Si recibió legalmente un Pedido de audiencia y Solicitud para anular la Declaración voluntaria de filiación o paternidad (formulario FL-280) (en español) y quiere declarar su acuerdo o desacuerdo, tendrá que:

1. Llenar el formulario FL-285

  • Llene la Declaración de respuesta a la Solicitud para anular la Declaración voluntaria de filiación o paternidad (formulario FL-285).
  • Lea el reverso del formulario FL-285, que es la Hoja informativa para completar la Declaración de respuesta a la Solicitud para anular la Declaración voluntaria de filiación o paternidad (formulario FL-285). Tiene instrucciones detalladas para ayudarlo a llenar el formulario FL-285.

2. Cómo obtener ayuda para llenar sus formularios o para revisarlos
Pídale al asistente de derecho familiar que lo ayude a llenar sus formularios o a revisarlos después de que los haya llenado. Él podrá verificar que usted los llenó correctamente antes de avanzar con su caso.

3. Haga por los menos 3 copias de todos sus formularios
Una copia será para usted; otra copia será para la agencia local de manutención de los hijos (LCSA). La tercera copia será para el padre que presentó la solicitud. El original será para la corte.

4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte
Entregue su Declaración de respuesta a la Solicitud (formulario FL-285) junto con todas las copias al secretario de la corte. El secretario guardará el original y le devolverá las copias con un sello que dice “Filed” (Presentado). El secretario escribirá la fecha, la hora y el lugar de su audiencia en la corte en sus copias.

Es posible que tenga que pagar una cuota de presentación. Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.

5. Haga la entrega legal de sus documentos al otro padre y a la LCSA (si corresponde)

  • Haga la entrega legal de una copia de su Declaración de respuesta al otro padre en el caso.
  • Haga la entrega legal de una copia de sus documentos a la agencia local de manutención de los hijos, si participa del caso (en general es el “Demandante” del caso)..
  • Haga la entrega legal por correo al otro padre (y a la LCSA, si participa en el caso) por lo menos 9 días antes de la audiencia.
  • La entrega legal es muy importante, de manera que tiene que realizarla correctamente. Y recuerde que debe ser efectuada por una tercera persona, NO por usted.
  • Para obtener más información sobre cómo entregar legalmente su Declaración de respuesta, lea la Hoja informativa sobre la entrega legal (formulario FL-611). Haga clic para obtener más información sobre la “entrega legal”.

6. Presente sus Pruebas de entrega
Pídale a la persona que hizo la entrega que llene una Prueba de entrega por correo (formulario FL-335) para el otro padre y otra Prueba de entrega para la LCSA, si participa en el caso.

Presente las pruebas de entrega ante la corte. Es muy importante que la persona que hizo la entrega legal llene las pruebas de entrega correctamente. De ser posible, pídale al asistente de derecho familiar que las revise para verificar que fueron llenadas correctamente.

7. Vaya a su audiencia en la corte
La fecha, horario y ubicación de su audiencia aparecen en la línea 2 del formulario FL-280 que le entregó el otro padre.

Para su audiencia:

  • Lleve consigo la Orden después de la audiencia sobre la Petición para anular la Declaración voluntaria de filiación o paternidad (formulario FL-290) (en español).
  • Para obtener más información sobre cómo prepararse para su audiencia en la corte, vea Ir a la corte.


Después de la audiencia
Si el juez aprueba su solicitud
, usted y el otro padre tendrán que hacerse un análisis genético (ADN), o en casos de parejas del mismo sexo, presentar pruebas de que tuvieron (o no) la intención de ser padres juntos. Por ejemplo:

  • Si los análisis genéticos demuestran que el padre que aparece en la declaración de filiación o paternidad no puede ser el padre del niño, el juez dictará una orden que dice que esta persona no es el padre.
  • Si los análisis demuestran que el padre en la declaración es el padre del niño, todas las órdenes basadas en la declaración seguirán vigentes. La declaración también se puede usar para pedir órdenes de custodia, visita (tiempo de crianza) o manutención de los hijos.

Si el juez no aprueba su solicitud, todas las órdenes de la corte basadas en la declaración de filiación o paternidad seguirán vigentes. La declaración se puede usar para pedir órdenes de custodia, visitación o manutención de los hijos.

Cuando una corte ya determinó que alguien es el padre legal de un menor, en general ya es tarde para disputar la paternidad. Hay muy pocas excepciones e intentar anular o cancelar un fallo de paternidad puede ser muy difícil, según las leyes que se apliquen al caso en particular y el tiempo que haya pasado desde que se presentó el caso. Son complicados desde el punto de vista legal.

Si descubre que ya existe un fallo de paternidad o manutención de los hijos en su contra, póngase en contacto con un abogado o con su asistente de derecho familiar local inmediatamente. Lo podrá ayudar a averiguar si puede hacer algo, y en ese caso guiarlo a través del proceso o remitirlo a alguien que lo pueda ayudar. Tendrá que presentar solicitudes legales complicadas que NO debe tratar de presentar por sí mismo.

Se supone que un niño que nace durante el matrimonio es el hijo del matrimonio, y que los miembros del matrimonio (o, después del 1° de enero de 2005, la pareja de hecho) son los padres legales. Esto se llama “presunción conclusa”, lo cual quiere decir que no se puede probar que la presunción (de que el niño es hijo de la pareja casada) no es cierta, aunque existan pruebas en lo contrario. Para consultar lo que dice la ley, lea la sección 7540 del Código de Familia (en inglés).

Hay excepciones muy limitadas a esta regla, y pueden ser muy difíciles de comprender. Si usted está casado y tiene un hijo pero no está seguro de que sea su hijo biológico, hable con un abogado. También consulte con un abogado si está casado pero no está de acuerdo en que se determine legalmente que usted es el otro padre legal del niño. Un abogado podrá ayudarlo a ver si existe una base legal para disputar la paternidad y, aunque lo pueda hacer legalmente, a decidir si vale la pena hacerlo teniendo en cuenta otras consideraciones. Encuentre un abogado.