Mediación de custodia de los hijos
La mediación de custodia de los hijos les proporciona a los padres una oportunidad para resolver sus desacuerdos sobre un plan de crianza para sus hijos. Durante la mediación, los padres contarán con la ayuda de un experto (un mediador) para resolver estos desacuerdos. Si los padres pueden llegar a un acuerdo, el mediador les ayudará a escribir un plan de crianza que, una vez firmado por el juez, se convertirá en una orden de custodia y visita. En algunos condados, la mediación se llama "consejería recomendante sobre custodia de los hijos" ya que el mediador (llamado un consejero recomendante sobre custodia de los hijos) puede proveer una recomendación por escrito a los padres y al juez si los padres no pueden llegar a un acuerdo sobre un plan de crianza.
Los objetivos de la mediación son:
- Ayudarle a hacer un plan de crianza que sirva el mejor interés de sus hijos.
- Ayudarle a hacer un plan de crianza que les permita a sus hijos pasar tiempo con ambos padres.
- Ayudarle a aprender maneras para manejar su ira o resentimiento.
El video a continuación describe el proceso de mediación y de consejería recomendante de custodia de los hijos, proporciona información para ayudar a los padres con planes de crianza, y ofrece sugerencias para disminuir el conflicto entre los padres y ayudar a sus hijos con los cambios que están ocurriendo en su familia.
Puede obtener más información sobre la mediación de custodia de los hijos leyendo los siguientes formularios:
- Hoja informativa sobre la custodia de los hijos – Mediación de custodia de los hijos (formulario FL-314-INFO) (en español).
- Hoja informativa sobre la custodia de los hijos – Consejería recomendante (formulario FL-313-INFO) (en español). Lea este formulario si su caso se encuentra en un condado en el cual los Servicios de la Corte de Familia proveen una recomendación al juez, en lo que se llama "consejería recomendante de custodia de los hijos".
En general, su corte superior local contará con los Servicios de la Corte de Familia (Family Court Services, en inglés). Los Servicios de la Corte de Familia tienen mediadores que ayudan a solucionar desacuerdos sobre el cuidado de sus hijos entre padres que se están separando. La mayoría de las cortes superiores tiene un programa de Servicios de la Corte de Familia u otro programa de mediación para ayudar a los padres con sus problemas de crianza. Haga clic para encontrar los Servicios de la Corte de Familia de su corte.
Los servicios de los mediadores de los Servicios de la son gratuitos.
Si usted y el otro padre no se pueden poner de acuerdo en un plan de crianza para sus hijos, tendrán que ir a mediación para tratar de resolver la disputa. Si usted no se puede poner de acuerdo con el otro padre en la mediación, el juez dictará una orden en una audiencia.
¿Qué pasa en la mediación?
La mediación puede ser una manera de tomar decisiones sobre sus hijos sin tener que ir a la corte. Usted y el otro padre pueden hacer su propio acuerdo sobre cómo cuidarán a sus hijos. La palabra legal para este acuerdo es “estipulación”. También se llama “plan de crianza”, “acuerdo de crianza” o “plan de tiempo compartido”.
En general:
- El mediador se reúne con los padres, ya sea en conjunto o individualmente. El mediador hará una serie de preguntas para comprender la historia familiar. En casos de violencia en el hogar, usted tiene el derecho a reunirse con el mediador en forma separada y puede llevar consigo a una persona para que la apoye durante la mediación.
- El mediador y los padres irán definiendo los problemas más importantes que hay que resolver. El mediador ayudará a los padres a concentrarse en desarrollar un plan de crianza que considere el mejor interés de los hijos.
- El mediador proporcionará información sobre las necesidades de los hijos en distintas edades y etapas de desarrollo. La mediación puede resolver temas de custodia legal, planes de crianza, calendarios de días feriados y vacaciones, transporte y otras áreas relacionadas con las necesidades de los hijos.
- Usted y el otro padre considerarán todas las opciones y podrán resolver todos, algunos o ninguno de estos temas.
- La duración de las sesiones de mediación de custodia de los hijos ordenada por la corte puede ser distinta en cada corte. Algunas cortes sólo pueden ofrecerles a los padres sesiones de 1 hora de duración. Otras pueden brindarles a los padres 1 ó más citas de 2 a 3 horas de duración cada una. Como cada corte tiene distintos recursos disponibles para ayudar a los padres, esta es una pregunta importante llegado el momento de hacer su cita de mediación.
Si necesita pasar más tiempo con el mediador, puede ponerse en contacto con un mediador de la comunidad que pueda invertir más tiempo. Si bien trabajar con un mediador privado puede costar dinero, puede ser una forma valiosa de resolver sus diferencias y llegar a un acuerdo sobre un plan de crianza comprensivo que respalde a sus hijos y funcione bien para su situación familiar.
Si 1 ó ambos padres tienen abogados, éstos pueden participar en la mediación. Si tiene un abogado, hable con él para ver si conviene o no que participe en la mediación, y en ese caso hable con el mediador sobre este tema. Algunas cortes no permiten que los abogados participen en la mediación, así que averigüe con el mediador cuáles son las reglas de la corte.
Puede ser muy conveniente obtener asesoramiento legal antes o después de la mediación. Esto le permitirá comprender sus derechos y responsabilidades legales, y desarrollar opciones para llegar a un acuerdo. Así que aunque se esté representando a sí mismo en un caso de la corte, considere la posibilidad de hablar con un abogado sobre los problemas a resolver, y posiblemente sobre los acuerdos a los que llegue durante la mediación.
¡IMPORTANTE! Esta información puede no ser aplicable o apropiada en casos de violencia en el hogar o maltrato. Si tiene un problema de violencia en el hogar, lea nuestra sección sobre Custodia y violencia en el hogar.
- En general tiene un título de posgrado;
- Sabe cómo funciona el sistema de la Corte de Familia; y
- También puede tener información sobre los servicios comunitarios que lo puedan ayudar.
California ha desarrollado reglas especiales para la mediación. Puede obtener información leyendo la regla 5.210 y la regla 5.215 (ambas en inglés) de las Reglas de las Cortes de California.
Si bien muchos mediadores tienen experiencia en consejería, la mediación no es lo mismo que consejería. Un mediador se reúne con ambos padres y les ayuda a tratar de llegar a un acuerdo que sea el mejor para sus hijos. El trabajo del mediador es:
- Escucharlos a los dos.
- Ser neutral.
- Ayudarles a considerar las distintas opciones.
- Ayudarle a decidir cuándo el niño estará con cada padre.
- Ayudarle a decidir cómo se tomarán las decisiones sobre sus hijos en el futuro.
- Ayudarle a pensar sobre cómo proteger de la mejor manera la seguridad y bienestar de su hijo.
- Durante la mediación, ambos padres deberían:
- Tratarse con respeto. Ambos tendrán la oportunidad de explicar sus ideas.
- Escuchar lo que dice el otro y tratar de encontrar soluciones reales.
- Pensar primero en los niños. Piensen en lo que ellos quieren y lo que son capaces de tolerar.
- En algunas cortes locales, los mediadores le hacen recomendaciones al juez sobre custodia y visita de los hijos. Si usted y el otro padre no se pueden poner de acuerdo para hacer un plan de crianza usando la mediación, se le pide al mediador que haga una recomendación a la corte por escrito. Esta recomendación incluirá la opinión del mediador sobre qué plan de crianza será en el mejor interés de sus hijos. Ambos podrán también obtener una copia de la recomendación.
- En otras cortes, la mediación es confidencial y los mediadores NO hacen una recomendación a la corte sobre la custodia y visita de los hijos. Si los padres se ponen de acuerdo en algunos temas, el mediador le puede proporcionar a la corte un resumen escrito que incluirá los asuntos en que los padres se pueden poner de acuerdo.
- En general, los mediadores entrevistarán a ambas partes al mismo tiempo. Pero si hubo violencia en el hogar o una orden de restricción entre los padres, o algún otro tipo de preocupación si llegan estar juntos, los padres pueden pedirle al mediador una reunión por separado. A veces el mediador puede decidir que es más apropiado y útil reunirse separadamente con cada padre, aunque no haya un problema de violencia en el hogar. Las reglas especiales sobre la mediación le dan libertad al mediador para tomar este tipo de decisiones.
- Los mediadores se entrevistarán con los hijos si ello servirá para que los padres desarrollen un plan de crianza que sea en el mejor interés de los hijos. Los mediadores son profesionales capacitados y saben cómo entrevistarse con los hijos sin obligarles a elegir entre sus padres o colocarlos en el medio de los dos.
- Si 1 ó ambos padres no se sienten cómodos hablando inglés, deben de pedirle a la corte que les proporcionen un intérprete para la mediación. Háganlo lo antes posible, para darle a su corte el suficiente tiempo para contratar al intérprete. En ciertas cortes o situaciones especiales, es posible que su corte no pueda proporcionarle un intérprete gratis. Esa es otra buena razón por la que debería pedir el intérprete lo más temprano posible. Si su corte no proporciona intérpretes para la mediación, lo sabrá usted con tiempo de sobra para encontrar su propio intérprete. NO es una buena idea que sus hijos hagan de intérpretes durante la mediación. De echo, si son menores de edad, no se les permitirá que hagan de intérpretes. También es importante que la persona a quien lleve como intérprete en la mediación esté lista para traducir todo lo que se diga de la manera más fidedigna posible, sin agregar ninguna información o sus propios comentarios.
Confidencialidad de la mediación
- El mediador o la oficina de Servicios de la Corte de Familia le proporcionará información sobre confidencialidad y mediación.
- En algunas cortes, los mediadores pueden hacer “recomendaciones” sobre la custodia de los hijos al juez cuando los padres no pueden llegar a un acuerdo en la mediación. El mediador puede incluir en su informe lo que usted dijo en la mediación. El informe sólo se enviará al juez, al otro padre y a su abogado. En otras cortes, la información de la mediación no se compartirá con el juez.
- Si un mediador sospecha que hay maltrato de menores o tiene una preocupación sobre la seguridad física de los niños, es posible que tenga que reportarlo a los servicios de protección de menores o la corte.
Si llegan a un acuerdo en la mediación
Si llegan a un acuerdo sobre su plan de crianza, el mediador en general preparará un acuerdo escrito para que ambos padres lo firmen. Si ninguno de los padres tiene un abogado, el mediador o los padres le entregarán el acuerdo al juez para que lo apruebe y lo firme. Cuando el juez firme el acuerdo, se convertirá en una orden oficial de la corte.
Si tiene un abogado, hable con él sobre qué debería hacer si llega a un acuerdo durante la mediación. Su abogado puede revisar el acuerdo escrito antes de firmarlo y se encargará de hacer que el juez lo firme y de presentarlo ante la corte.
Si no puede llegar a un acuerdo en la mediación
Lo que pasa después de la mediación depende de la corte:
- En general hay una audiencia de la corte o una conferencia para llegar a un acuerdo con el juez para resolver los asuntos pendientes.
- El juez puede tomar decisiones sobre un plan de crianza.
- El juez puede ordenar una evaluación de custodia de los hijos por parte de un profesional de salud mental para obtener más información antes de tomar una decisión.
- En algunas cortes, el juez le puede pedir al mediador que haga una recomendación.
Pregúntele a su mediador cómo funciona el proceso en su corte local. El asistente de derecho familiar también podrá responder a sus preguntas.
Aunque no pueda llegar a un acuerdo sobre todos los temas en la mediación, el proceso puede ayudarlo a definir las áreas de desacuerdo para poder resolverlas más adelante.
Si tiene que ir a mediación (conocido en algunas cortes como consejería recomendante sobre custodia de los hijos) con una persona que la controla, o intenta controlarla por la fuerza, la intimida o amenaza con violencia, o contra la cual tiene usted una orden de restricción o protección, tiene derecho a pedirle al mediador que se reúna con usted en forma separada del otro padre. Puede llevar a una persona de apoyo consigo a la mediación y al curso de orientación. Los mediadores están capacitados en la dinámica de violencia en el hogar, y protegerán su seguridad y la seguridad de cualquier otro miembro de su hogar. Haga clic para obtener más información sobre la mediación de custodia de los hijos cuando el otro padre ha maltratado a sus hijos.
Si ha experimentado violencia en el hogar:
- Si tiene un abogado, dígaselo.
- Dígale a su mediador lo antes posible.
- Conteste todas las preguntas del mediador o juez sobre este problema.
- Puede ver al mediador con o sin el otro padre.
- Puede llevar a una persona de apoyo consigo a la mediación y a la corte.
Si el mediador sospecha que los hijos fueron maltratados, es posible que lo tenga que reportar. (Pero es un delito que un padre presente una denuncia falsa de maltrato de los hijos contra el otro padre.) Pídale a su mediador una lista de lugares que puedan ayudarle a usted y sus hijos.
- Haga clic para obtener más información sobre el maltrato de los niños.
- Haga clic para leer un folleto sobre los 50 hechos que debe saber sobre el maltrato de los niños.
- Haga clic para la Oficina de Prevención de Maltrato de Menores del Departamento de Servicios Sociales.
- Haga clic para obtener más ayuda con problemas de violencia en el hogar.
Nota: Los enlaces provistos están en inglés.
En algunos casos, el juez decidirá que para establecer el mejor interés de los niños hay realizar una evaluación de custodia de los hijos. Una evaluación de custodia es una investigación sobre los hechos del caso. En general, la investigación incluirá entrevistas con los padres, los hijos y otras personas que puedan tener información sobre la situación, como maestros, médicos, otros parientes o consejeros. También puede incluir otros informes importantes relacionados con la familia, como expedientes de la corte, informes policiales e informes de los proveedores de servicios de control de ira o clases de crianza. El evaluador también puede visitar su casa o las escuelas de sus hijos.
Si se ordena una evaluación en el caso de custodia de los hijos
Si los padres no se pusieron de acuerdo en todos los asuntos de custodia y visita durante la mediación, el juez puede ordenar que se realice una evaluación de custodia. Una evaluación de custodia en general tarda hasta 60 días. Y en general los padres tienen que pagar una cuota por este servicio.
El evaluador es un psicólogo u otro profesional de salud mental especialmente capacitado. A veces puede ser alguien de los Servicios de la Corte de Familia (pero no su mediador). Otras veces, el juez puede nombrar a un profesional privado para que haga la evaluación.
En general, el evaluador:
- Se reunirá con:
- Cada uno de los padres por separado con los hijos,
- Ambos padres juntos, y
- Los hijos solamente.
- Puede llegar a hablar con:
- Los maestros de los hijos,
- El médico de los hijos,
- El cuidador de la guardería de sus hijos, y
- Otros adultos que conozcan a los hijos.
- Puede visitar la casa de los padres y la casa de los hijos, si no viven con uno de los padres.
- Puede exigir que los padres se hagan una evaluación psicológica.
Una vez completada la investigación, el evaluador escribirá un informe describiendo lo que descubrió sobre cada padre, sobre los hijos, y sobre la situación familiar, tanto lo bueno como lo no tan bueno. De acuerdo a esta información, y el conocimiento del evaluador sobre el desarrollo de los hijos y la psicología humana, dará una recomendación a la corte para el plan de crianza. Los padres podrán leer una copia de este informe.
El informe será enviado al juez y a los padres, o a sus abogados, y se realizará otra audiencia en la corte.
Lea la Hoja informativa sobre evaluación de custodia de los hijos (formulario FL-329-INFO) (en español) para obtener más información sobre evaluaciones de custodia de los hijos.
Primero, si tiene una queja contra un mediador o evaluador de los Servicios de la Corte de Familia, hable con el Director de los Servicios de la Corte de Familia para saber cómo presentar una queja. Siga los procedimientos para presentar una queja ante la corte. Si no está contento con los resultados después de presentar su queja, puede explicarle su queja al juez durante la audiencia.
Si su queja es sobre conducta ética o problemas de licencias, hay juntas estatales de licenciamiento que se encargan de quejas sobre profesionales licenciados.
Board of Behavioral Sciences (Junta de Ciencias de la Conducta) O haga clic para obtener un formulario de queja en línea. |
California Board of Psychology (Junta de Psicología de California) O haga clic aquí para obtener un formulario de queja en línea. |