Después de pagar el fallo

Después  de que usted pague el fallo por completo, el acreedor tiene que:

  • Presentar un Reconocimiento de satisfacción del fallo (formulario SC-290 o formulario EJ-100); y
  • Levantar todos los derechos de retención que haya impuesto sobre sus propiedades inmobiliarias o bienes personales.

Si el acreedor NO presenta un Reconocimiento de satisfacción

Si el acreedor no presenta automáticamente un Reconocimiento de satisfacción del fallo (formulario SC-290 o formulario EJ-100) después de que usted le pague, puede:

  • Enviarle una carta al acreedor del fallo por correo certificado con solicitud de aviso de retorno. En la carta, dígale que la ley exige la presentación de un Reconocimiento de satisfacción del fallo en un plazo de 15 días de haber recibido el pago. Si no lo hace, puede hacerle juicio al acreedor por $50, más daños. Para obtener más información, consulte la sección 116.850 del Código de Procedimiento Civil (en inglés).

También puede hacer lo siguiente:

  • Si tiene un comprobante de haber pagado el fallo, llene y presente una Declaración del deudor del fallo sobre la satisfacción del fallo. En general este es un formulario local que puede obtener en la oficina del secretario de la corte o en la página web de su corte.  Llene el formulario, adjunte su comprobante de pago y preséntelo ante la corte. El secretario registrará la satisfacción del fallo en su expediente de la corte. Si no puede encontrar este formulario o su corte no lo tiene, escriba su solicitud en una Declaración (formulario MC-030) y agregue como título lo siguiente: "Declaration of Judgment Debtor Regarding Satisfaction of Judgment" (Declaración del deudor del fallo sobre la satisfacción del fallo). No se olvide de adjuntar su comprobante de pago a este formulario antes de presentarlo ante la corte.

  • Si no tiene un comprobante de haber pagado, y el acreedor no presentó un Reconocimiento de satisfacción del fallo (formulario SC-290 o formulario EJ-100),  llene una Solicitud de orden de la corte y respuesta (formulario SC-105). En el formulario, diga que quiere que la corte "registre una satisfacción del fallo."
    • Presente el formulario ante el secretario.
    • El secretario puede programar una audiencia en la corte, y le informará a usted y a las otras partes.
    • Si la corte se convence de que usted pagó, registrará la satisfacción del fallo en su expediente.

Nota: Todos los formularios mencionados están en inglés a menos que se indique que también están disponibles en español.

Cómo actualizar sus antecedentes de crédito

Una vez que cuente con la satisfacción del fallo, debería actualizar sus antecedentes de crédito para demostrar que pagó su deuda.

Para actualizar su informe de crédito:

  1. Obtenga 3 copias certificadas del Reconocimiento de satisfacción del fallo en la oficina de secretario (quizás tenga que pagar una cuota); Y
     
  2. Envíe una copia certificada a cada una de las 3 agencias de crédito principales: Equifax, Experian y TransUnion.