Pagar a plazos

PUEDE llegar a pagar el fallo a plazos presentando un plan de pagos a la corte o al acreedor del fallo.

Primero puede tratar de hablar con el acreedor para ver si está dispuesto a aceptar un plan de pagos. Recuérdele que usted quiere pagar, pero que no tiene el dinero para pagar todo junto. El acreedor puede decidir que prefiere recibir un poco de dinero periódicamente en vez de no recibir nada.

Si se pone de acuerdo en un plan, no se olvide de registrarlo por escrito. El acuerdo debe incluir las fechas de pago, los periodos de gracia (si hubiere) y cómo se acumulará el interés, donde enviar los pagos, qué forma de pago es aceptable y a quién se deben realizar los pagos. No se olvide de anotar sus pagos y guardar los recibos de pago.

Si la otra parte no acepta el plan de pagos, puede presentar una solicitud ante la corte.

Para pedirle a la corte que le deje pagar a plazos:


  1. Llene y presente una Solicitud para hacer pagos (formulario SC-220). Llene también una Declaración financiera (formulario EJ-165). (Ambos formularios están en inglés).

  2. El secretario de la corte enviará por correo una copia de la solicitud y de su declaración financiera al acreedor, junto con una copia en blanco de la Respuesta a la solicitud para hacer pagos (formulario SC-221) (en inglés).

  3. El acreedor tendrá 10 días para decirle a la corte si:
    • Acepta el plan de pagos propuesto;
    • Acepta el plan de pagos, pero por un monto distinto; O
    • NO quiere aceptar el plan de pagos.

  4. Si el acreedor no responde en un plazo de 10 días, la corte supondrá que el acreedor aceptó su plan de pagos y aceptará su solicitud.

  5. Si el acreedor no acepta el programa de pagos propuesto, la corte probablemente convocará una audiencia para discutir la solicitud y tomar una decisión.

Nota: Esta opción afecta el monto del interés, porque es posible que se deje de acumular interés hasta que se haya pagado todo el fallo. Así que si tiene preguntas sobre cómo lo puede afectar un plan de pagos, hable con un abogado o con el asesor de reclamos menores.Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.


Si tiene una orden de la corte que le permite pagar su deuda a plazos y el acreedor ha pedido que se cancele ese plan de pagos


Si la corte le dio a usted permiso para pagar el fallo a plazos (con un plan de pagos) y usted dejó de pagar o nunca hizo ninguno de los pagos, el acreedor puede pedirle a la corte que cancele el plan de pagos y que ordene que el monto restante se pague de inmediato. Si ocurre esto, usted tiene el derecho de responder a la solicitud del acreedor y de explicar su punto de vista. DEBE de hacer esto dentro de 10 días de haber recibido por correo el aviso de la solicitud del acreedor.

Ocurrirá lo siguiente:

  1. El acreedor presentará una Declaración sobre falta en el pago del fallo (formulario SC-223) diciendo que usted no ha hecho sus pagos según se ordenó en el plan de pagos. También dará detalles sobre los pagos que, según el acreedor, usted hizo y dejó de hacer.

  2. La corte le mandará por correo a usted una copia de la Declaración (formulario SC-223) del acreedor y también una Respuesta a Declaración sobre falta en el pago del fallo (formulario SC-224) en blanco por si usted quiere responder a la Declaración del acreedor.

    • Asegúrese de leer la página 2 del formulario SC-224 antes de completar la primera página. Le da información importante sobre el proceso y los pasos que debe tomar usted.

  3. Si no está usted de acuerdo con la Declaración del acreedor o si no quiere usted que se cancele el plan de pagos, llene la Respuesta a Declaración sobre falta en el pago del fallo (formulario SC-224). Haga copias de la Respuesta. Una para usted, y otras para cada una de las otras partes involucradas en el caso.

  4. Haga la entrega legal de su Respuesta (formulario SC-224) a cada una de las partes del caso. Esto significa que alguien de al menos 18 años de edad, NO usted, tiene que mandar por correo una copia de su Respuesta a las otras partes. Después, la persona que hace la entrega legal tiene que llenar un comprobante de entrega para cada persona a quien hizo la entrega legal. Luego, ha de regresarle a usted ese comprobante de entrega. La persona que haga la entrega legal puede usar el Comprobante de entrega por correo (formulario SC-112A).

  5. Presente el original de su Respuesta (formulario SC-224) y el Comprobante de entrega al secretario de la corte. DEBE de hacer esto dentro de 10 días de haber recibido por correo la Declaración (formulario SC-223).

  6. La corte entonces enviará a todas las partes del caso (incluyéndolo a usted) una Orden sobre Declaración sobre falta en el pago del fallo (formulario SC-225) que incluirá lo siguiente:

    • Una decisión sobre si cancelar o no el plan de pagos y hacer que se pueda cobrar el monto restante inmediatamente, o

    • Un aviso sobre una audiencia en la corte para que el juez pueda escuchar a ambos lados en persona y así tomar una decisión.

  7. Si la corte decide que el monto completo se ha de pagar de inmediato, el acreedor puede empezar a cobrar el monto restante en seguida.

  8. Si la corte le manda un aviso para ir a una audiencia, asegúrese de presentarse a esa audiencia. Si tiene pruebas de que hizo los pagos que el acreedor dice que no hizo, tráigaselas a la audiencia.