Preguntas frecuentes

R:  En la mayoría de los casos, tiene que pagar una cuota cuando le pide a la corte que cambie su nombre. Las personas con muy bajos ingresos pueden obtener una “exención de cuotas” y no tendrán que pagar la cuota de la corte. Obtenga más información sobre la exención de cuotas.

Además de la cuota de la corte, tendrá que pagar para publicar el aviso de audiencia sobre su solicitud (la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre) en un periódico. En la mayoría de los casos de cambio de nombre, tendrá que publicar su solicitud en un periódico local.

R:  La ley exige que publique el formulario de Orden de presentar motivos justificativos para comunicar que quiere cambiar de nombre, y la fecha de su audiencia. Esto sirve para ayudar a evitar el fraude, ya que estará informando a la gente que se está cambiando de nombre y cualquiera podrá objetar. En general nadie objeta, pero éste es un requisito legal, lo cual quiere decir que no podrá obtener una orden de la corte para cambiar de nombre sin publicar el aviso.

No tendrá que publicar el formulario si:

  • se está cambiando el nombre para concordar su nombre con el género con el cual se identifica, asegúrese de marcar la casilla 6 del formulario NC-100. Obtenga más detalles en el punto 7 de la página 2 del formulario NC-100.

O
  • se está cambiando el nombre y está bajo el Programa de Testigos del Estado (State Witness Program) o está en el programa de confidencialidad de domicilio y se está cambiando el nombre para evitar la violencia en el hogar, el acecho, o ha sido víctima de agresión sexual (o está pidiendo el cambio de nombre a favor de una víctima de agresión sexual). Si es así, debe de explicarlo en el Adjunto a la solicitud de cambio de nombre (formulario NC-110). Obtenga más detalles en el punto 7 de la página 2 del formulario NC-100 y leyendo la Hoja informativa para procedimientos de cambio de nombre bajo el programa de confidencialidad de domicilio (Seguro en casa - Safe at Home) (formulario NC-400-INFO) (en inglés).

R: Un juez podría negarse a cambiar su nombre por las siguientes razones:

  • Si el juez cree que usted quiere cambiar de nombre para cometer fraude; o

  • Si el juez cree que usted quiere cambiar de nombre para ocultarse de la ley o de la policía, o por otra razón ilegal.

R:  Hay maneras de conseguir que su nuevo nombre permanezca confidencial y no aparezca en su expediente de la corte. Puede inscribirse en el programa Safe at Home (Seguro/a en su casa) (en inglés) para mantener la información confidencial. Pida ayuda en el albergue local contra violencia en el hogar, la unidad de servicios para víctimas de la oficina local del fiscal o al asistente de derecho familiar de su corte local.

Si se está en el programa de confidencialidad de domicilio y se está cambiando el nombre para evitar la violencia en el hogar, el acecho, o ha sido víctima de agresión sexual (o está pidiendo el cambio de nombre a favor de una víctima de agresión sexual) no tendrá que publicar ningún formulario como se requiere en otros casos. Si es esta su situación, debe de explicarlo en el Adjunto a la solicitud de cambio de nombre (formulario NC-110). Obtenga más detalles en el punto 7 de la página 2 del formulario NC-100 y leyendo la Hoja informativa para procedimientos de cambio de nombre bajo el programa de confidencialidad de domicilio (Seguro en casa - Safe at Home) (formulario NC-400-INFO) (en inglés).

Obtenga ayuda para encontrar la agencia local de violencia en el hogar (en inglés).

Obtenga más información sobre violencia en el hogar y cómo protegerse.

R:  Tiene que iniciar un caso normal de cambio de nombre en su corte superior local. Haga clic para aprender cómo cambiar de nombre.

R:  Depende. Obtenga una guía informativa de los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (en inglés) y vea las reglas más recientes sobre cambiar de nombre durante el proceso de naturalización.

Si ya se hizo ciudadano de los Estados Unidos y quiere cambiar de nombre, tiene que presentar un caso en su corte local. Haga clic para aprender cómo cambiarse de nombre.

R:  Depende. Vaya a la sucursal local del Department of Motor Vehicles (Departamento de Vehículos Motorizados, DMV) y del Social Security (Seguro Social), y pida que le cambien el apellido de la licencia de manejar y de la tarjeta del Seguro Social al apellido de su cónyuge, sin una orden de la corte. A veces aceptarán el cambio de apellido si presenta su certificado o licencia de matrimonio, y no tendrá que ir a la corte. Pero es posible que le digan que tiene que obtener una orden de la corte, así que prepárese para esa eventualidad.

R:  En teoría, en California tiene el derecho legal de cambiar su nombre por el “método de usanza”, simplemente usando el nuevo nombre en todas las actividades de su vida. Losreclusos y personas que se encuentran bajo libertad condicional o que han sido condenados por un delito sexual, en general no pueden hacer esto. Tampoco se puede usar este método para cambiar el nombre de un menor de edad.

No obstante, hay una tendencia creciente a exigir un comprobante oficial de cambio de nombre. Las reglamentaciones gubernamentales, creadas para combatir los tipos de fraude modernos, como el robo de identidad, además del terrorismo, hacen casi imposible poder cambiar de nombre sin contar con documentación oficial. Así que, en la práctica, para cambiarse el nombre en documentos legales como la licencia de manejar, pasaporte, acta de nacimiento, las agencias gubernamentales en cuestión requieren una orden judicial. Lo mismo hacen la mayoría de instituciones como los bancos.

Por lo tanto, la manera más aceptada de cambiar de nombre es solicitando un cambio de nombre oficial a la corte superior. Haga clic para obtener instrucciones para obtener una orden judicial cambiándole el nombre.

R:  Si quiere cambiar de nombre legalmente Y también de sexo, existe un proceso y formularios separados de la corte para hacerlo. Obtenga información e instrucciones sobre cómo cambiar de nombre y de sexo. Si por ahora sólo quiere cambiar de nombre y querrá cambiar de sexo más adelante, siga las instrucciones de la sección cómo cambiar de nombre. Más adelante, si quiere cambiar de sexo, aquí puede obtener información sobre cómo cambiar de sexo.

R: Si quiere cambiar de sexo, lea la información sobre cómo cambiar de sexo.

R:  En la mayoría de los casos, tendrá que pagar una cuota cuando le pida a la corte que cambie el nombre de su hijo. Las personas con muy bajos ingresos pueden obtener una “exención de cuotas” y no tendrán que pagar la cuota de la corte. Obtenga más información sobre la exención de cuotas.

Además de la cuota de la corte, tendrá que pagar para publicar el aviso de la audiencia sobre su solicitud (la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre) en un periódico. En la mayoría de los casos de cambio de nombre, tendrá que publicar su solicitud en un periódico local.

R:  La ley exige que publique el formulario de Orden de presentar motivos justificativos, para comunicar que quiere cambiar el nombre de su hijo, y la fecha de su audiencia. Esto sirve para ayudar a evitar el fraude, ya que estará informando a la gente que está cambiando el nombre de su hijo y cualquiera podrá objetar. En general nadie objeta, pero éste es un requisito legal, lo cual quiere decir que no podrá obtener una orden de la corte para cambiar el nombre de su hijo sin publicar el aviso.

No tendrá que publicar el formulario si están en el programa de confidencialidad de domicilio y está cambiando el nombre de su hijo para evitar la violencia en el hogar, el acecho, o ha sido víctima de agresión sexual (o está pidiendo el cambio de nombre a favor de una víctima de agresión sexual). Si es así, debe de explicarlo en el Adjunto a la solicitud de cambio de nombre (formulario NC-110). Obtenga más detalles en el punto 7 de la página 2 del formulario NC-100 y leyendo la Hoja informativa para procedimientos de cambio de nombre bajo el programa de confidencialidad de domicilio (Seguro en casa - Safe at Home) (formulario NC-400-INFO) (en inglés).

R:  El otro padre de su hijo, aunque no haya estado involucrado en su vida, tiene el derecho legal de saber que está tratando de cambiar el nombre de su hijo. El otro padre tendrá la oportunidad de ir a la corte y decirle al juez que está en contra de cambiar el nombre de su hijo. El juez tomará una decisión basándose en los mejores intereses de su hijo.

R: Tendrá que pedirle a la corte un permiso especial para conseguir el cambio de nombre sin hacérselo saber al otro padre.

Para ello, el juez le pedirá que busque al otro padre haciendo todo el esfuerzo posible: preguntando a sus amigos y familiares, y consultando los registros públicos. Pregúntele al secretario o al centro de ayuda qué cosas le hará hacer el juez de la corte de su condado para encontrar al otro padre.

Tendrá que presentar documentos explicando todo lo que hizo para tratar de encontrar al otro padre de su hijo, cuándo lo hizo y qué resultados obtuvo. El juez tomará esto muy en serio, para cerciorarse que hizo todo lo posible para avisarle al otro padre antes de darle permiso para cambiar el nombre de su hijo.

R:  Tendrá que presentar documentos explicándole al juez por qué realmente no sabe quién es el padre, y qué medidas tomó para tratar de saber quién es. Después le tendrá que pedir permiso al juez para cambiar el nombre de su hijo sin la autorización del padre.

Si su hijo fue concebido por inseminación artificial de un donante desconocido, infórmele a la corte. De todas maneras, si su hijo tiene otro padre legal además de usted, también tendrá que darle aviso.

R:  Hay maneras de conseguir que su nuevo nombre permanezca confidencial y no aparezca en su expediente de la corte. Puede inscribirse en el programa Safe at Home (Seguro/a en su casa) (en inglés) para mantener la información confidencial. Pida ayuda en el albergue local contra violencia en el hogar, la unidad de servicios para víctimas de la oficina local del fiscal o al asistente de derecho familiar de su corte local.

Si se está en el programa de confidencialidad de domicilio y está cambiando el nombre de su hijo (y/o el suyo) para evitar la violencia en el hogar, el acecho, o ha sido víctima de agresión sexual (o está pidiendo el cambio de nombre a favor de una víctima de agresión sexual) no tendrá que publicar ningún formulario como se requiere en otros casos. Si es esta su situación, debe de explicarlo en el Adjunto a la solicitud de cambio de nombre (formulario NC-110). Obtenga más detalles en el punto 7 de la página 2 del formulario NC-100 y leyendo la Hoja informativa para procedimientos de cambio de nombre bajo el programa de confidencialidad de domicilio (Seguro en casa - Safe at Home) (formulario NC-400-INFO) (en inglés).

Obtenga ayuda para encontrar la agencia local de violencia en el hogar (en inglés).

Obtenga más información sobre violencia en el hogar y cómo protegerse.

R:  Si el juez decide que no es en el mejor interés de su hijo que cambie de nombre, no aprobará su solicitud.

R:  Depende. A la larga será probablemente más fácil cambiar el acta de nacimiento de su hijo. Pero no es necesario, porque basta con la orden de la corte para cambiar el nombre en sus documentos o probar que el nombre de su hijo cambió.

Además, aunque pida un nuevo acta de nacimiento, este trámite puede durar muchos meses (o hasta un año), así que mientras tanto tendrá que usar el decreto de la corte para probar que su hijo cambió de nombre.

R:  No. Si cambia el apellido de su hijo para que sea el mismo que el de su cónyuge o pareja de hecho, desde el punto de vista legal sólo cambiará el nombre de su hijo y no quedará establecido que su cónyuge o pareja de hecho sea su padre. No obstante, si su cónyuge o pareja de hecho adopta a su hijo por medio de una adopción de padrastro, podrá cambiar el nombre de su hijo durante el proceso de adopción.

De manera que si su hijo es de una relación anterior, y ahora cambia el apellido de su hijo para que sea el mismo que el de su cónyuge actual, por ejemplo, su cónyuge NO será el padre legal de su hijo. La única manera de hacerlo es por medio de una adopción. Obtenga información sobre adopciones.

R:  Simplemente siga las instrucciones para cambiar el nombre de su hijo cuando el caso es presentado por 1 solo padre.

Recuerde que el solo hecho de que su hijo tenga el apellido de su cónyuge o pareja de hecho NO quiere decir que su cónyuge o pareja de hecho sea el padre legal de su hijo. Su cónyuge o pareja de hecho sólo puede convertirse en el padre legal de su hijo por medio de un proceso de adopción de padrastro. Obtenga información sobre adopciones.